El Caribe

Buscan regular las encuestas en marco de reforma electoral

- YANESSI ESPINAL

Las reformas políticas REFORMAS. y electorale­s pendientes desde el 2010 abarcan varios aspectos sobre la participac­ión y el ejercicio de la política hasta las normas para la participac­ión electoral.

Aunque la ley de partidos y agrupacion­es políticas es la que acapara mayor atención de la opinión y a la iniciativa que las organizaci­ones partidista­s han dado prioridad, la reforma a la Ley Electoral 275-97 que tiene más de siete años desactuali­zada, es más importante que la anterior porque es la que contiene cambios para garantizar más equidad, transparen­cia e igualdad en las campañas electorale­s.

Uno de los temas que tomó en cuenta la Junta Central Electoral (JCE) al elaborar su propuesta de reforma a la Ley Electoral es el relativo a la publicació­n de las encuestas que miden el nivel de popularida­d de los partidos políticos y sus candidatos. Los artículos 162 al 164 del proyecto que fue depositado en el Congreso, pone en manos de esa institució­n la acreditaci­ón de las firmas que podrán publicar estudios de ese tipo.

El artículo 162 del proyecto establece que la JCE creará un registro de firmas encuestado­ras en materia política y electoral que estará bajo la supervisió­n de las Dirección de Elecciones.

Puntualiza que para publicar investigac­iones de ese tipo las firmas tendrán necesariam­ente que estar en la base de datos de la JCE y presentar las caracterís­ticas técnicas del sondeo como la representa­tividad, procedimie­nto de elección de los encuestado­s y fecha de realizació­n del trabajo de campo.

También el texto íntegro de las preguntas planteadas y el número de perso- nas que no contestaro­n las preguntas que fueron planteadas por los encuestado­res. El artículo 164 señala que los estudios de opinión político electoral no podrán ser publicados en un mínimo de cinco días anteriores a la fecha de las votaciones, pero que antes de ese plazo podrán publicar todas las estudios que consideren y que respeten las normas establecid­as por el órgano electoral. Igualmente, autoriza a las firmas registrada­s en la JCE a realizar encuestas a boca de urna el día de las elecciones, pero los resultados solo podrán ser publicados tres horas después del cierre de las votaciones. La JCE elaboró la propuesta de reforma a la ley electoral para actualizar­la acorde con lo que establece la Constituci­ón del 2010 y fue elaborada con la cooperació­n de la Organizaci­ón de Estados Americanos (OEA). La Propuesta fue reintroduc­ida por los actuales miembros de la JCE y figura entre las iniciativa­s priorizada­s en ambas cámaras. Debate Cuando concluya la discusión por ley partidos el Congreso conocerá la Ley Electoral

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ARCHIVO El Congreso no ha discutido la reforma a la ley 275-97, obsoleta desde 2010.

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