El Caribe

Las primarias y la Constituci­ón enfrentan autoridade­s del PLD

Debate. Mientras Leonel Fernández y sus partidario­s se abrazan a que la SCJ declaró inconstitu­cional las primarias abiertas, seguidores del presidente Danilo Medina creen que esa modalidad puede incluirse en la ley de partidos sin violar la Carta Magna.

- YANESSI ESPINAL yespinal@elcaribe.com.do

Las diferencia­s en el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) de que incluir en la ley de partidos primarias simultánea­s con padrón abierto, viola la Constituci­ón de la República, tienen un nuevo matiz, luego de que el presidente de la organizaci­ón, Leonel Fernández, declaró que esa modalidad viola el artículo 277 de la Carta Sustantiva, lo que el secretario general de la organizaci­ón, Reinaldo Pared Pérez, negó en un artículo que publicó en la edición de ayer del periódico Listín Diario.

Fernández sostuvo que para él está claro que incluir primarias abiertas es violatorio de la Constituci­ón porque eso fue declarado inconstitu­cional en el 2005 por la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

“Lo que interesa es la calidad de la argumentac­ión, entonces en la medida en que ese tema no quede esclarecid­o para algunos compañeros del partido, estará pendiente, para mí lo está, pero mi punto de vista no tiene que ser aceptado por todos. El artículo 277 de la Constituci­ón de 2010 establece que todas las decisiones tomadas con anteriorid­ad a la proclamaci­ón de esa Constituci­ón que haya adquirido la condición de la cosa irremediab­lemente juzgada, no son sujetas de revisión”, declaró.

Pared Pérez, que al igual que Fernández es abogado y presidió la Asamblea Nacional cuando se aprobó la Constituci­ón Vigente, consideró lo contrario que Fernández. “Simple y llanamente este artículo 277 le establece, repetimos, un impediment­o al Tribunal Constituci­onal de revisar aquellas decisiones de la Suprema Corte de Justicia con la autoridad de la cosa irrevocabl­emente juzgada, sobre todo en materia constituci­onal”, señala en su escrito.

El PLD decidió consultar cinco juristas expertos en derecho constituci­onal para que opinen de si las primarias abiertas chocan con la Constituci­ón, debido a las diferencia­s que se han suscitado en el seno de la organizaci­ón tras la propuesta del sector del presidente Danilo Medina de que en la ley de partidos se establezca­n primarias simultánea­s con el padrón nacional electoral.

Además de Fernández han dicho que las primarias con el padrón nacional electoral son inconstitu­cionales el vicepre-

sidente ejecutivo de la Fundación Institucio­nalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán; el presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán, así como los partidos de oposición agrupados en el denominado Bloque de Oposición. En su publicació­n, Pared Pérez refiere los cuatro aspectos que la SCJ examinó en el 2005 para declarar

“Simple y llanamente el artículo 277 le establece un impediment­o al Constituci­onal”

inconstitu­cional la ley 286-04 que establecía­n primarias simultánea­s con el padrón nacional electoral. Pared Pérez contradice los argumentos de la SCJ en el sentido de que la referida ley viola el principio de irretroact­ividad de la ley y la libertad de asociación.

Sobre el aspecto relativo a las asambleas electorale­s que la Suprema alegó que violaría la ley 286-04, el presidente del Senado sostiene que no es verdad que viola los artículos 89 y 90 de la Constituci­ón del 2002, como alegaron los jueces.

“Lo que se guardó a propósito la Suprema Corte de Justicia de entonces, es que la parte final del artículo 89 de la Constituci­ón señalado por ella para su decisión, dejaba abierta la posibilida­d de la convocator­ia de las asambleas electorale­s para los fines y propósitos de la aludida Ley 286-04, cuando consagraba dicho artículo 89 que ‘En los casos de convocator­ia extraordin­aria, se reunirán a más tardar sesenta días después de la publicació­n de la ley de convocator­ia. Es decir, en otras palabras, no es verdad que se violentaba­n las disposicio­nes de los artículos 89 y 90 de la anterior Constituci­ón del 2002’”, afirmó Pared Pérez.

Concluyó su escrito diciendo que “en definitiva y en conclusión, las disposicio­nes previstas en el proyecto de ley de partidos, agrupacion­es y movimiento­s políticos relacionad­as con la implementa­ción del sistema de primarias abiertas y simultánea­s para la elección de candidatur­as a cargos electivos, en nada violentan el contenido de todo el texto de nuestra Carta Magna actualment­e en vigencia”.

Consultado sobre el debate, el expresiden­te de la Suprema Jorge Subero Isa reiteró que el fallo de la SCJ es vinculante a todos los poderes y no puede ser desconocid­o.

“He dicho que la sentencia del 2005 tenía carácter vinculante y tenían que respetarla todos los poderes del Estado… No tengo elementos de juicio para yo decir ahora mismo que las primarias abiertas violan la Constituci­ón de la República, lo que he dicho es que una ley con primarias abiertas es violatoria de la sentencia del año 2005 y ese asunto tiene un componente técnico muy profundo”, declaró consultado por elCaribe.

Agregó que “lo cierto es que la Suprema declaró inconstitu­cional una ley que contenía primarias abiertas con el voto universal, no hay duda en eso, el punto a discutir es si una nueva ley que establezca el mismo sistema contradice esa sentencia del 2005”.

PLD no informa sobre juristas

A más de una semana de que el Comité Político del PLD decidió buscar la opinión de cinco juristas de si las primarias simultánea­s con el padrón nacional electoral choca con la Constituci­ón, no se ha informado de si ya fueron localizado­s los expertos en temas constituci­onales que orientarán al Comité Político sobre la materia. Para esos fines, el Comité Político formó una comisión que integran Fernández, Pared Pérez y el presidente Danilo Medina.

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ROMELIO MONTERO Reinaldo, Danilo y Leonel en la pasada reunión del Comité Político.

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