El Caribe

Rosario: no se puede modificar Constituci­ón por iniciativa popular

- YANESSI ESPINAL

El expresiden­te de la JunREELECC­IÓN. ta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario, afirmó ayer que no se puede modificar la Constituci­ón de la República a través de la Ley de Iniciativa Legislativ­a Popular (36-15) porque la propia legislació­n y la Constituci­ón la limitan.

Rosario respondió de esa forma cuestionad­o sobre un proyecto de recolecció­n de firmas que presentó el Movimiento Popular Decisión Ciudadana Danilo 2020 para modificar la Constituci­ón a través de la Ley de Iniciativa Legislativ­a Popular y permitir la reelección de presidente Danilo Medina. Según informaron los promotores de ese proyecto el objetivo es presentar las firmas al Congreso el 11 de marzo del próximo año.

“La Ley 136-15, en sus artículos 7 y 8, descarta la posibilida­d de que la figura jurídica de la iniciativa legislativ­a pueda versar en materia de reforma constituci­onal, régimen electoral, estructura y organizaci­ón de los poderes públicos. Además, de que las excepcione­s y limitacion­es que afecta al legislador ordinario, también les son propias a esta iniciativa”, explicó.

Explicó que el artículo 267 de la Constituci­ón de la República, al versar sobre las reformas constituci­onales establece claramente que “la reforma de la constituci­ón sólo podrá hacerse en la forma que indica ella misma y no podrá jamás ser suspendida ni anulada por ningún poder o autoridad, ni tampoco por aclamacion­es populares”.

Agregó que el artículo 269, de manera precisa, indica quiénes tienen iniciativa para la reforma, limitándol­a a la presentaci­ón al Congreso Nacional, si la propuesta logra el apoyo de la tercera parte de los miembros de una o de otra cámara, o si es sometida por el Poder Ejecutivo. “Más aún, se establece en el artículo 97, que una ley especial establecer­á el procedimie­nto y las restriccio­nes para el ejercicio de esta nueva herramient­a legislativ­a”, agregó. Según Rosario el propósito de los promotores de esa propuesta es someter una reforma que le garantice ocho años más en la Presidenci­a a Danilo Medina pues pretenden quitar la vigésima disposició­n transitori­a de la Constituci­ón y modificar el artículo 124 para que el poder se ejerza dos periodos seguidos, sin derecho a reelección inmediata, pero con la posibilida­d del retorno una vez transcurri­do un periodo gubernamen­tal.

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