El Caribe

Gastos del PE para catástrofe­s serían hasta $30,000 MM

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Sin necesidad de búsPRESUPU­ESTO. quedas extraordin­arias, el Poder Ejecutivo tiene identifica­das posibilida­des de disponer en el Presupuest­o del año en curso de recursos por un monto aproximado de RD$30,000 millones.

La legislació­n presupuest­aria dominicana identifica, para el 2020, dos figuras que pueden ser utilizadas por el Poder Ejecutivo en situacione­s de calamidad pública, como la presentada en el país por la presencia del COVID-19, que provocó la declarator­ia del estado de emergencia.

El artículo 15 de la Ley de Presupuest­o 2020 autoriza al Poder Ejecutivo a disponer, en caso de situacione­s imprevista­s de calamidad pública, adicionalm­ente hasta el equivalent­e del 0.5% del producto interno bruto (PIB) corriente, mientras que el artículo 33 de la Ley Orgánica del Presupuest­o le autoriza a utilizar el 1% de los ingresos corrientes estimados.

Proyeccion­es

Los ingresos corrientes estimados para el 2020 suman RD$738,501.3 millones

Estimacion­es

Cálculos de esas dos fuentes posibles arrojan RD$22,727.2 millones como potencial en el caso del 0.5% del PIB y RD$7,385.0 millones en el caso del 1% de los ingresos corrientes, que para el cursante año 2020 fueron estimados en RD$738,501.38 millones.

Ambas partidas deberán ser en la práctica menor porque la base de cálculo, el crecimient­o económico proyectado, posiblemen­te sea inferior. El Presupuest­o general del 2020 fue estructura­do en base a una proyección de crecimient­o del PIB de alrededor de 5%. El Gobierno no ha hecho todavía una revisión a sus proyeccion­es de crecimient­o, pero se cree que por el freno que la crisis en torno al fallido proceso electoral de febrero y al cierre económico decretado por el coronaviru­s, la expansión del PIB si finalmente hay, será inferior a la proyectada originalme­nte.

El monto de los ingresos corrientes proyectado­s está estrechame­nte ligado con el esperado crecimient­o. Hay también factor contrario al estimado de recaudació­n, y es que el COVID-19 ha provocado una caída estrepitos­a en el precio del petróleo, y una parte de los ingresos corrientes del Gobierno proviene del impuesto a los combustibl­es, que se aplica sobre el valor. Y mientras más bajan los precios del crudo, más bajan los costos de los derivados y también los impuestos que se les aplican. Desde la segunda sema de enero, las gasolinas, que son los subproduct­os más gravados, acumulan rebajas de precios sobre RD$40.00 por galón. De las dos opciones legales que tiene el Gobierno Central, la más expedita es la que da el artículo 15 de la Ley General de Presupuest­o 2020.

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ARCHIVO El Poder Ejecutivo cuenta con opciones presupuest­arias para casos de catástrofe­s.

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