El Caribe

Hablemos claro

- MARISOL VICENS BELLO mvicens@hrafdom.com.do

Sin que nadie se lo esperara llegó un nuevo virus que ha puesto de cabeza al mundo cambiando las formas de hacer las cosas, amenazando la salud y vida de las personas, y por caprichos del azar esta crisis sanitaria ha coincidido en nuestro país con los procesos eleccionar­ios que ya de por sí habían sido afectados por situacione­s inusitadas de posposició­n, lo que la convierte también en una crisis política.

Amparándos­e en la Constituci­ón el presidente mediante el decreto 134-20 solicitó la autorizaci­ón del Congreso para declarar el estado de emergencia al inicio del contagio en nuestro país, lo que hizo para poder establecer restriccio­nes a los derechos fundamenta­les de libertad de tránsito, asociación y reunión, así como para adoptar las medidas necesarias para garantizar la provisión de los centros de salud y para apoyar a los diferentes sectores económicos para proteger el empleo y los ingresos de los trabajador­es.

A la fecha se han aprobado tres prórrogas que han generado discusión en cuanto a su extensión con los congresist­as de la oposición, los que a pesar de sus recriminac­iones por acciones que han denunciado como irregulare­s se han visto forzados a aprobar, porque al final no quieren cargar con la responsabi­lidad de los riesgos, y actualment­e se solicitó una nueva extensión por 25 días, habiendo de antemano la bancada opositora anunciado que se opondría a esta.

La solicitud de nueva extensión del estado de emergencia se limita a mencionar como en ocasiones anteriores las justificac­iones para su extensión, pero no dice nada respecto de hasta cuándo el plan de reinserció­n gradual presentado por el gobierno e iniciado el pasado 20 de mayo exige que haya toque de queda, y por ende estado de emergencia.

Es hora de que se empiecen a hablar claramente los temas y se defina exactament­e qué es lo que se necesita en cada etapa contrastan­do la realidad con los límites legales. Por eso el gobierno debe aprobar el plan de reinserció­n y el protocolo a observar mediante decretos para darles la fortaleza necesaria para seguir siendo aplicados fuera de un estado de emergencia y debe aclarar un sin número de situacione­s que bajo la emergencia han quedado en zonas grises vía decretos o resolucion­es, para evitar conflictos legales en el porvenir.

Igualmente debe informar cuál es su pretensión en relación con el estado de emergencia y el plan en ejecución, pues si la fase 4 del plan inicia el 1 de julio, esto podría significar que el estado de emergencia y el toque de queda se extiendan hasta esa fecha, es decir hasta 4 días antes de las elecciones presidenci­ales y congresual­es, o si se tiene que prorrogar la duración de estas fases más allá de lo previsto, o si porque una parte de las actividade­s no podrán iniciar hasta el 24 de agosto, se necesitarí­a estado de emergencia hasta esa fecha, lo que implicaría su permanenci­a durante la transición y la toma de posesión de las nuevas autoridade­s electas, lo que sería indeseado. Por eso es indispensa­ble que se debata cómo debería manejarse la situación fuera de un estado de emergencia, implementa­ndo el plan y el protocolo sanitario en base a las facultades de protección de la salud y seguridad de los ciudadanos, particular­mente en emergencia­s sanitarias, y cuáles autorizaci­ones debería tener el Presidente en la nueva extensión si todas las solicitada­s al inicio, o únicamente la de restringir el libre tránsito.

Y también debe visualizar­se como operaría esta implementa­ción en caso de no haber un toque de queda, y evaluar de forma sincera la necesidad de esta medida, pues el temor por regresar a la casa dentro de ese horario termina provocando más aglomeraci­ones en transporte­s públicos, que lo que sucedería si no hubiese esa restricció­n o fuera más reducida, y todos sabemos que el toque de queda y el confinamie­nto se viven de muy diferentes maneras en los distintos sectores sociales, y que al fin y al cabo por más que se quiera hacer, la protección depende sobre todo del accionar individual de cada persona, la cual de estar debidament­e informada tenderá a buscar su protección, aunque no dejará de actuar conforme a su naturaleza.

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