El Caribe

Prórroga de la emergencia se ventila en las Altas Cortes

- SUEDI LEÓN

Las altas cortes,TriJURISDI­CCIONAL. bunal Constituci­onal, Tribunal Superior Electoral (TSE) y el Superior Administra­tivo (TSA) han sido apoderados por diferentes actores, de impugnacio­nes en contra del decreto que prorrogó el estado de emergencia

Desde recurso de inconstitu­cional, alegato de derechos conculcado­s y violación a la seguridad jurídica, las Altas Cortes deberán decidir si dan aquiescenc­ia a estos recursos “cuanto antes”, ya que han solicitado que sea conocido de urgencia.

Ayer el TSE conoció un amparo incoado por el candidato a senador de la Fuerza Nacional Progresist­a y aliados, Vinicio Castillo Semán, donde busca la restauraci­ón de los derechos fundamenta­les que fueron afectados por el decreto 130-20, que prorrogó el estado de emergencia hasta el 30 de junio, es decir cinco días antes de las elecciones.

Castillo Semán solicitó en su condición de candidato, que pueda ser excluido de la regulación a fin de que pueda desarrolla­r sus actividade­s políticas, al igual que como se hizo con los empleados y funcionari­os de la Junta Central Electoral (JCE).

Reclamó que se le permita ejercer sus derechos de libertad de tránsito, de reunión y de expresión al candidato, sin restricció­n de horario, con la única condición que la prudencia para tomar las medidas adecuada para evitar contagio con el virus.

Mientras en el Constituci­onal el Partido Revolucion­ario Moderno interpuso una acción directa de inconstitu­cionalidad que busca la nulidad de la resolución 67-20, mediante la cual el Congreso Nacional autorizó una nueva extensión del estado de emergencia, y los decretos 21320 y 214-20.

El PRM entiende que esos actos de los poderes Legislativ­o y Ejecutivo violan los principios constituci­onales de seguridad jurídica, proporcion­alidad y legalidad.

De su lado en el TSA, varios candidatos a puestos legislativ­os sometieron una acción de amparo, para que sean declarado inconstitu­cional, por vía difusa, los decretos 213 y 214, que prorrogó el estado de emergencia y se estableció el toque de queda.

Sostienen que el actual estado de emergencia carece de certidumbr­e y seguridad respecto al alcance del ejercicio de los derechos a la libertad de reunión y asociación y con ello afecta el ejercicio pleno de los derechos electorale­s.

Jaime Rodríguez, representa­nte legal de los candidatos, sostuvo que la población debe tener claro cuáles son los comportami­entos prohibidos en el marco de la restricció­n a los derechos y la razón de los mismos, pues de lo contrario se incurre en arbitrarie­dad.

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