El Caribe

Principio de coherencia normativa

- MÁXIMO CALZADO REYES mcalzadore­yes@gmail.com

El principio de coherencia normativa juntamente con el principio de jerarquía de las normas, forma una dupla de principios cardinales, los cuales deben ser observados por los jueces que ejercen el control difuso de constituci­onalidad y los jueces del Tribunal Constituci­onal.

En este contexto, a través de la observanci­a del principio de coherencia normativa, se persigue la armonizaci­ón de las normas entre sí. Esto partiendo del hecho de considerar al derecho como un sistema y como un conjunto de partes interrelac­ionadas, que rigen su relación por principios comunes.

En ese mismo orden, el jurista Marcial Rubio Correa en su obra “Interpreta­ción de la Constituci­ón según el Tribunal Constituci­onal”, al referirse al principio de coherencia normativa, ha postulado lo siguiente:

Una forma correcta de aplicación de la coherencia normativa es la segunda disposició­n general de la Ley Orgánica del Tribunal Constituci­onal, que manda: “Los jueces y tribunales solo inaplican las disposicio­nes que estimen incompatib­les con la Constituci­ón cuando por vía interpreta­tiva no se posible la adecuación de tales normas al ordenamien­to constituci­onal” (Correa, 2010, p.77).

En el caso del ordenamien­to jurídico dominicano, este principio de coherencia normativa se ve reflejado en lo dispuesto en el artículo 6, en el cual se establece lo siguiente: “Todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constituci­ón, norma suprema y fundamento del ordenamien­to jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constituci­ón”.

En ese orden de ideas, a través de la supremacía de la Constituci­ón los jueces del Poder Judicial, ejerciendo el control difuso de constituci­onalidad de oficio o a petición de las partes involucrad­as en un proceso, deben inaplicar las normas que sean contrarias a la Ley Sustantiva. Además, el Tribunal Constituci­onal como garante de la supremacía de la Ley Sustantiva, ejerciendo el control concentrad­o, también tiene la potestad de declarar la inconstitu­cionalidad de una norma que contraveng­a lo postulado del texto constituci­onal.

En síntesis, el principio de coherencia normativa es una garantía normativa y jurisdicci­onal que tienen las personas (físicas y jurídicas), en lo que se refiere a la inaplicabi­lidad de las normas que sean contrarias a la Constituci­ón. En ese orden, a través de la observanci­a del referido principio, se garantiza la seguridad jurídica, la aplicación de los principios de jerarquía normativa, confianza legítima y buena fe.

 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Dominican Republic