Autoridades advierten que serán drásticos contra disparos al aire durante la Navidad
El fiscal titular de La Altagracia, Edwin Encarnación Medina, indicó que los casos de muertes por balas perdidas o disparos al aire se tipifican como homicidios, independientemente de que en el curso de las investigaciones se determine que fue de forma involuntaria. Por esta razón, advierte a los “gatillos alegres” que se abstengan de incurrir en esta vandálica acción.
VERÓN. El fiscal titular de La Altagracia, Edwin Encarnación Medina, advirtió a la población abstenerse de hacer disparos al aire, porque quienes sean sorprendidos en esa práctica recibirán sanciones drásticas.
Sostuvo que para disfrutar la Navidad, no es necesario realizar disparos al aire o usar armas de fuego. “Ese acto irresponsable puede causarle la muerte a una persona y llevar dolor a las familias. Desde la fiscalía y en coordinación con las demás instituciones del orden se trabajará para garantizarle a la población unas navidades seguras y en paz”, indicó Encarnación.
Dijo que los casos de muertes por balas perdidas o disparos al aire son complejos, pero se catalogan como homicidios, “porque quien dispara un arma de manera alegre al aire sabe que hay personas que pudiesen ser afectadas e independientemente que en el transcurso de la investigación pueda determinarse que fue involuntario, por lo general hay víctimas mortales o personas heridas. La gente debe ser prudente; no hay que disparar para gozar”, puntualizó el fiscal.
En cuanto a los fuegos artificiales, añadió que la Policía Nacional recibirá instrucciones pertinentes a los fines de prevenir el uso indebido de estos.
A los padres o tutores les exhortó a que se mantengan observadores de sus hijos para que eviten utilicen los fuegos artificiales, ya que estos solo deben ser manipulados por un adulto y bajo ciertas condiciones. “Los niños podrían recibir quemaduras que pueden hasta obstaculizar las extremidades como las manos, los y hasta la cara”, señaló Encarnación.
Asimismo, citó que la Ley 136-03 sobre Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, en su artículo 413, que establece que quien venda o suministre, aunque sea de manera gratuita a niños, niñas y adolescentes, fuegos artificiales, exceptuándose aquellos que por su escaso potencial sean incapaces de provocar daño físico en caso de utilización indebida, será penalizado con seis meses a dos años de privación de libertad y multa de tres a diez salario mínimo.