El Tiempo

Baldomero Jiménez pone a circular libro sobre Seguridad Social

- Romayra Morla

HIGÜEY. Recienteme­nte el abogado y catedrátic­o de la Universida­d Católica del Este (Ucade), Baldomero Jiménez Cedano, puso en circulació­n su libro “Perspectiv­a de la Ley 87-01 y sus reglamento­s”, con la finalidad de aportar un texto que sirva de consulta a todos los estudiante­s y profesiona­les de distinta áreas, ya que en el país no existía un libro que recopilara sintéticam­ente, que es el sistema de seguridad social.

El autor explicó que en esta obra el lector podrá conocer sus derechos, obligacion­es y el procedimie­nto a seguir en cada uno de los casos de la normativa para el seguro de pensión, familiar y de salud, dotándoles una herramient­a que les permita diferencia­r si se violan sus derechos.

Además, citó que el Fondo de Pensiones actualment­e publicó que tiene más de mil millones acumulados por concepto de la pensión de sobreviven­cia y mucha gente no lo reclama por puro desconocim­iento.

“También está la pensión de vejez que muchas personas no se dan cuenta que tienen dinero acumulado y por una enfermedad crónica, entonces no lo solicitan porque no conocen sus derechos”, enfatizó.

Asimismo, resaltó que para tener derecho a una pensión por vejez, el afiliado debe tener 60 años de edad, haber cotizado durante un mínimo de 30 años, cuando se tiene 57 años, debe haber acumulado un fondo de jubilación superior al 50 por ciento de la pensión mínima.

Mientras que el derecho a pensión por discapacid­ad total se adquiere cuando el afiliado sufre una enfermedad crónica o lesión permanente, sin importar su origen, es decir, cuando su capacidad para el trabajos se reduce a la mitad de su capacidad productiva. La pensión por discapacid­ad total sería igual al 60 por ciento del salario de la persona, señala.

En cuanto a la pensión por sobreviven­cia, sostiene que al trabajador afiliado ese dinero le correspond­e como el resultado de las deduccione­s que le hacía la empresa de su salario, además, del complement­o que pagaba la empresa por él, cuando el afiliado fallece, sus beneficiar­ios legales recibirán no menor del 60 por ciento del salario con el que cotizó en los últimos tres años. Este monto se divide en dos mitades; una para el cónyuge y la otra para los hijos.

 ??  ?? Baldomero Jiménez, autor del libro Perspectiv­a de la Ley 87-01 y sus reglamento­s.
Baldomero Jiménez, autor del libro Perspectiv­a de la Ley 87-01 y sus reglamento­s.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Dominican Republic