SOMETIMIENTO DE LAS CAUSAS
EUn empleado puede ser despedido si falta dos días seguidos al trabajo sin ninguna justificación o incluso si falta dos días en un mismo mes sin haber presentado una causa justa, la cual según el artículo 58 debe notificarla por lo menos con 24 horas de antelación a la empresa.
El empleador puede prescindir de los servicios de un trabajador si este presentó pruebas falsas de conocimientos, es decir, si en la entrevista la persona dijo tener condiciones o conocimientos indispensables que no posee, o presentó referencias o certificados personales cuya falsedad se comprueba luego.
El despido también será justificado si el empleado realiza el trabajo en forma ineficaz, sin embargo, esta causa no tendrá efecto luego de los tres primeros meses de haber iniciado.
Los aspectos de carácter moral también son planteados dentro de los motivos para realizar un despido justificado. La causa número 3 indica que si el empleado realiza algún acto de violencia, injuria o inmoralidad contra su jefe, los parientes de éste o sus propios compañeros, sin importar si está dentro o fuera de la empresa, éste puede ser despedido.
Asimismo, el empleado puede perder su trabajo si de manera intencional causa perjuicios en los edificios, obras, maquinarias, herramientas, materias primas, productos y demás objetos relacionados al trabajo.
También si los ocasiona sin intención, pero con negligencia o imprudencia.
Cometer un acto deshonesto en el lugar de trabajo, también es causa justificable de despido.
Además, si un trabajador revela los secretos de fabricación o da a conocer alguna información confidencial, o de personas que allí se encuentren, igualmente será despedido.
El despido será justificado cuando por falta de dedicación a las labores para las cuales ha sido contratado o por cualquier otra falta grave a las obligaciones que el contrato imponga al trabajador.
Es importante destacar que el empleador que despide a un trabajador por una de las causas ante expuestas no incurre en responsabilidad.