(+) MÁS DETALLES SOBRE LA RESOLUCIÓN DE INTRANT
Toda la vía pública de más de un carril en un solo sentido será obligatorio para los vehículos pesados transitar siempre por el carril de la derecha, excepto al pasar a otro vehículo que se desplace en la misma dirección o cuando se disponga a doblar a la izquierda, en una intersección o para entrar en un camino privado.
Los vehículos pesados que transiten por autopistas y carreteras también deberán mantener una distancia no menor de 150 metros del vehículo que vaya adelante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 224 de la
Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana. Otras medidas enfatizan en requisitos técnicos para circular en las vías de manera segura y protegiendo la integridad física de las personas, para lo que deberán someter a un mantenimiento periódico las unidades, con especial atención en los neumáticos, frenos, luces, cintas reflectantes, enfriamiento, alineación y balanceo, aceite y filtro de aire.