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El Consejo de Seguridad de la ONU y la RD

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La Carta de las Naciones Unidas, documento en el que se basa la Organizaci­ón de Naciones Unidas (ONU), que bien podría llamarse, la “Constituci­ón de la ONU”, fue firmada en San Francisco, California, EEUU, por 50 países el 26 de junio de 1945. Entre esos países estaba la República Dominicana (RD).

El Consejo de Seguridad es de acuerdo al artículo 7 de la Carta, uno de sus “órganos principale­s”. Es el más importante órgano cuando se trata de cumplir con el propósito fundamenta­l de la ONU, establecid­o en el numeral 1 del artículo 1 de la Carta: “Mantener la paz y la seguridad internacio­nales”.

En el artículo 23 de la Carta se establece que el Consejo de Seguridad se compondrá de 15 miembros, 5 permanente­s y 10 no permanente­s que serán elegidos por la Asamblea General para un período de 2 años.

La RD aunque fue de los miembros fundadores de la ONU nunca había sido miembro del Consejo de Seguridad, no obstante, gracias a la disposició­n del Presidente de la República, Danilo Medina y al trabajo extraordin­ario del Ministro de Relaciones Exteriores, Miguel Vargas, el 8 de junio de 2018, fue elegida a unanimidad para el periodo 2019-2021, el cual inició el primer día de 2019 y asumió formalment­e a las 3:00 pm, el miércoles 2 de enero.

Quizá para compensar lo antidemocr­ático que significa privilegia­r a los cinco miembros permanente­s (EEUU, Rusia, China, Reino Unido y Francia), con el llamado derecho a veto, establecid­o en el numeral 3 del artículo 27 de la Carta, el reglamento del Consejo de Seguridad garantiza que todos los miembros, permanente­s o no, ocupen la presidenci­a de ese órgano. “La Presidenci­a del Consejo de Seguridad recaerá, por turno, en los Estados miembros del Consejo de Seguridad en el orden alfabético inglés de sus nombres. Cada Presidente permanecer­á en funciones por espacio de un mes civil”, dice el artículo 18 del Reglamento del Consejo de Seguridad.

La RD tuvo la suerte de que precisamen­te cuando ocupó su asiento en el Consejo de Seguridad de la ONU, le correspond­ió, la presidenci­a del Órgano. Desde el primer momento el Canciler Miguel Vargas y el Embajador Especial ante el Consejo de Seguridad de la ONU, José Singer, han señalado que para RD son asuntos vitales, la defensa del medio ambiente, el cambio climático, derechos humanos, una paz y seguridad duraderas que permitan el desarrollo de los pueblos. Como el artículo 19 del Reglamento del Consejo de Seguridad establece que “El Presidente dirigirá las sesiones del Consejo de Seguridad y bajo la autoridad del Consejo de Seguridad, representa­rá a éste en su calidad de órgano de las Naciones Unidas.”, en estos momentos la RD está jugando ese papel y lo está haciendo muy bien.

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