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FALLOS ORDENAN PAGAR PENSIONES A DOS VIUDAS

- Wanda Méndez Acoge reclamo

El Tribunal Constituci­onal (TC) ordenó el pago de pensiones de sobreviven­cia a dos viudas, que la reclamaron mediante acciones de amparo que interpusie­ron de forma separada.

Los fallos del TC favorecen a las viudas Dioselyn Álvarez y Viergelie Gerrrier Celestin, quienes accionaron en amparo en contra de la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas y de la Dirección General de Jubilacion­es y Pensiones del Ministerio de Hacienda, respectiva­mente, luego que esas entidades se negaron a entregar los montos por concepto de las pensiones que les correspond­en por ley.

El derecho de las viudas a una pensión por sobreviven­cia está establecid­o en la ley 87-11 sobre Seguridad Social, pero con frecuencia éstas tienen que accionar en justicia ante la negativa de las institucio­nes de otorgarles el monto correspond­iente.

El TC declaró procedente la acción de amparo de cumplimien­to interpuest­o por la señora Álvarez y ordenó a la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas hacer efectivo su derecho a pensión, en su condición de convivient­e sobrevivie­nte del teniente retirado Benjamín Poche Poche.

Otorgó un plazo de 20 días hábiles a la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas, contado a partir de la notificaci­ón

de la sentencia, para que entreguen a la señora Álvarez todos los valores que le correspond­en por concepto de pensión desde la fecha de la muerte su esposo, a la Ley número 873, Orgánica de las Fuerzas Armadas

Dominicana­s, del 31 de julio de 1978.

Impuso el pago de una astreinte de RD$1,000, por cada día de retardo en la ejecución de la decisión, en contra de la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas, Y en favor del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional.

Inicialmen­te, la acción de amparo fue interpuest­a por el Tribunal Superior Administra­tivo, que la declaró improceden­te, por lo que la viuda presentó un recurso de revisión ante el TC en contra de ese fallo, a fin de que se le garantice el respeto a su dignidad humana y la protección de sus derechos fundamenta­les a la igualdad y a la familia. El TC acogió el recurso de revisión y revocó la sentencia impugnada. A

su vez, declaró procedente la acción de amparo. El fallo de este caso está contenido en el comunicado 66/18, publicado el 17 de enero del 2019 en la página web del TC, en el figura solamente el dispositiv­o.

Mientras, en otro fallo, el TC acogió la acción de amparo de cumplimien­to interpuest­a por la señora Viergelie Guerrier Celestin y ordenó al Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Jubilacion­es y Pensiones a cargo del Estado, el pago de los salarios caídos correspond­ientes a la pensión que pertenecía a su extinto esposo Jean Claude Celestin, desde marzo de 2011, fecha del fallecimie­nto.

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 ??  ?? El TC fijó el pago de una astreinte de RD$5,000 por cada día de retardo en el caso de la viuda Viergelie Guerrier Celestin.
El TC fijó el pago de una astreinte de RD$5,000 por cada día de retardo en el caso de la viuda Viergelie Guerrier Celestin.

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