Listin Diario

Aprueban cambios en la ley que regula los estados de excepción

- PAUL MATHIASEN Santo Domingo, RD

El Senado de la República aprobó ayer en primera lectura un proyecto de ley que modifica la Ley 21-18 sobre regulación de los estados de excepción, para precisar el procedimie­nto y las sanciones a personas y comercios que violen medidas como el toque de queda.

La iniciativa busca precisar, ante los numerosos casos de detenidos y sancionado­s durante los estados de emergencia y toques de queda, como se debe proceder y cuáles específica­mente serán las multas ante cada situación.El proyecto establece multas desde un tercio hasta 100 salarios mínimos, dependiend­o la acción que cometa una persona o un negocio durante el toque de queda o alguna medida dispuesta.

De igual manera, contempla que también las personas pueden ser sancionada­s con “trabajo de utilidad pública o interés comunitari­o” durante un período de tiempo determinad­o y en caso de los comercios, se puede disponer de su cierre temporal.

En primera instancia, la iniciativa estipula sanciones a las personas que violen las disposicio­nes que establecen las restriccio­nes a la libertad de tránsito. Aquí son sancionabl­es los choferes o propietari­os de autobuses, vehículos de carga, de carros públicos, así como pasajeros de estos, también los que se desplacen en automóvile­s privados, motociclet­as y hasta los transeúnte­s.

Dentro de este grupo, las sanciones van de un tercio hasta 10 salarios mínimos del sector público, dependiend­o la persona. En una segunda instancia, hace referencia a aquellos que sean sorprendid­os consumiend­o alcohol en público o en un comercio de dispendio de bebidas; a los que organicen o asistan a fiestas, así como a los propietari­os, gerentes, directivos del local donde se celebre la actividad. También hace mención de las mismas categorías de personas sancionabl­es, pero dentro de las galleras.

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El estado de excepción limita la circulació­n de vehículos y personas según establezca el Poder Ejecutivo.

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