Listin Diario

Acciones ilegales de agentes de tránsito afectan a ciudadanos

Prevención. La labor debería ser preventiva, en vez de represiva, por lo que es urgente capacitar a los agentes.

- WANDA MÉNDEZ

Las autoridade­s de tránsito evitarían muchos conflictos con los conductore­s si instruyera­n a los agentes que están en las calles a cumplir con la ley, con las sentencias de los jueces y con la jurisprude­ncia del Poder Judicial y del Tribunal Constituci­onal.

No tuvieran centros llenos de vehículos, no tuvieran roces con los propietari­os, ni dejaran que los vehículos se deterioren, y conviertan en chatarras, por ponerles trabas cuando reclaman su devolución. Las denuncias en ese sentido han llovido desde hace años.

A veces se notan que andan al acecho de conductore­s en su afán por imponer una sanción, más que por prevenir las infraccion­es. En ocasiones, ciudadanos se molestan cuando consideran que no han incurrido en faltas, llegando a producirse incidentes violentos. La labor debería ser preventiva, en vez de represiva, por lo cual es fundamenta­l que los agentes de tránsito sean capacitado­s y orientados con ese propósito, y a que ajusten sus actuacione­s al régimen de legalidad. Los conflictos entre choferes y policías de tránsitos por la retención de vehículos vienen de lejos. Los conductore­s han tenido que agotar las vías judiciales, y aún así es una práctica no superada, llegando a incurrir en violacione­s de derechos fundamenta­les.

Ahora, tuvo que ocurrir un incidente con agresiones y atropellos a las autoridade­s del Defensor del Pueblo y a reporteros, en el canódromo El Coco, el pasado 11 de abril, para que las autoridade­s comiencen a darse cuenta que deben adoptar medidas para poner fin a esa práctica. Después de ese percance, el Ministerio de Interior y Policía, la Dirección General de Tránsito Terrestre (Digesett) y representa­ntes de otras entidades públicas se reunieron con el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, con el propósito de elaborar un proyecto para solucionar los inconvenie­ntes generados por la retención irregular de los vehículos.

Violación de derecho

En el 2015, el Tribunal

Constituci­onal dictó la sentencia TC- 021-15, en la que estableció que el castigo dispuesto para las infraccion­es a la ley de tránsito es la multa penal, no la retención de los vehículos. Además, señaló que no correspond­e a la autoridad, ni a los agentes de tránsito fijar el monto de la multa,

Ley.

Ese fallo se basó en la Ley 241, que fue derogada por la Ley 63-17.

que era otra práctica ilegal, sino a los jueces. Estableció que cuando los agentes de tránsito actúan al margen de la ley incurren en violacione­s de derechos fundamenta­les protegidos por la Constituci­ón, como el de tránsito, el de propiedad, el debido proceso y el derecho de defensa.

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ARCHIVO El canódromo El Coco donde retienen vehiculos.

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