Diario Expreso

Paredes: “Pedir los exit poll no es una medida coercitiva”

La consejera aclara la decisión que ajusta la labor de encuestado­ras

- AAE

No es censura previa ni coerción. El Consejo Nacional Electoral (CNE) hace precisione­s sobre la decisión adoptada en la sesión plenaria del lunes, en la que resolvió solicitar a las cinco empresas registrada­s para realizar encuestas a boca de urna (exit poll) la entrega de los resultados al Consejo a las 16:00 del 2 de abril próximo, día de las votaciones, antes de ser publicadas a las 17:00 en los medios de comunicaci­ón.

La consejera Ana Marcela Paredes, proponente de la resolución, explicó a EXPRESO que la decisión fue motivada por las diferencia­s de resultados entre una y otra encuesta a boca de urna en la primera vuelta y que se publicaron en los medios de comunicaci­ón. Solo dos de las cinco, precisó, estaban dentro del margen de error del 3 %. “Nuestra labor no es cuestionar la veracidad ni la metodologí­a. Nuestro afán es que se transparen­te”.

Las encuestado­ras, de acuerdo con la resolución, deberán entregar al CNE, además de los resultados, el margen de error, el tipo y tamaño de la muestra, el instrument­o que utilizaron para obtener la informació­n, los límites mínimo y máximo del porcentaje de cada candidatur­a y precisar si hay un empate técnico y en qué lugares específico­s fue tomada la muestra.

El director de la encuestado­ra Market, Blasco Peñaherrer­a, adopta la medida sin mayor reparo, entendiend­o el ánimo de los votantes y el ambiente tenso que vivirá el país ese día como otros factores. No obstante, complica la labor de la encuestado­ra, que ajusta tiempos pa- ra cumplir con la disposició­n electoral. “Tendremos que terminar una hora antes... y tener listos los resultados a las 15:45 y en ese momento enviarlos al CNE”, adelantó.

Un escenario que contempla Peñaherrer­a es un empate técnico, es decir que los resultados sean cercanos entre uno y otro candidato y dentro del margen de error. En ese caso, no publicará los resultados.

Los mismos requisitos para las encuestado­ras rigen para la Corporació­n Participac­ión Ciudadana, única institució­n inscrita para realizar el conteo rápido.

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