Cuenta atrás para la consulta
La preguntas sobre reformas constitucionales ya tienen juez sustanciador Las organizaciones sociales quieren dar su opinión en la Corte Constitucional
Un arranque parcial. La reforma constitucional propuesta por el presidente Lenín Moreno ya está en el análisis de la jueza de la Corte Constitucional (CC), Tatiana Ordeñana, pero las dos preguntas de consulta popular todavía no tienen juez sustanciador lo que extendería los plazos.
Ordeñana deberá emitir su dictamen en cinco de las siete preguntas: sobre la supresión de derechos políticos a condenados por corrupción, el cese del Consejo de Participación Ciudadana, la eliminación de la reelección indefinida, la restricción de la explotación minera y la no prescripción de los delitos sexuales en contra de menores de edad. plicó ayer a EXPRESO que aunque el pliego de preguntas fue presentado como uno solo, en realidad son procesos diferentes y que deben ser tratados por jueces distintos.
“Habría que ver las razones por las que solo se hizo el sorteo de una parte y no de la otra. Pero es correcto que haya dos sorteos diferentes, aunque podría recaer en la misma jueza, y los plazos comienzan a correr cuando el juez sorteado tiene conocimiento”, dijo el jurista.
Mientras tanto, se siguen alistando pedidos de amicus curiae (amigos de la Corte) para que su criterio sea tomado en cuenta en algunas preguntas de la consulta impulsada desde el Ejecutivo.
Yaku Pérez Guartambel, presidente de la Ecuarunari, afinaba ayer un documento que será entregado hoy o, a más tardar, el lunes en la CC. ¿El objetivo? Pedir que en la consulta se precise el derecho humano al agua. “Si esto se reconoce, no puede haber minería en fuentes de agua y eso todavía queda en el aire en las preguntas del presidente Moreno”, dijo.
El exjuez constitucional, Antonio Gagliardo, señaló a este diario que el pleno de la Corte tiene 20 días laborables para dar respuesta a estos pedidos, sin que eso afecte los plazos. “El pleno de la Corte puede convocar a una audiencia a los amicus curiae, si lo considera pertinente. Es más, es potestad del juez ponente y la Corte, aceptar o no hacer una audiencia, pero no es una obligación”, concluyó.