El juicio político pierde peso si condenan al vicepresidente
La clave es el periodo de ausencia. Si cumple los tres meses queda fuera
Una sentencia condenatoria contra el vicepresidente sin funciones, Jorge Glas, le resta peso al tan nombrado juicio político en la Asamblea Nacional. Una condena reduciría el poder de dicho proceso legislativo a nada, según el constitucionalista Stalin Raza. “Ya no importa si lo inician o no lo inician. Él (Glas) estaría alejado de su cargo y tendrían que nombrar un nuevo vicepresidente. Eso es lo que terminarán haciendo porque vemos que los juicios políticos nunca se concretan”, comenta el experto aduciendo que el plazo máximo constitucional de ausencia definitiva del cargo superará los tres meses y el segundo mandatario sería reemplazado.
El también constitucionalista y catedrático universitario, Gabriel Hidalgo, le da algo de crédito a este proceso legislativo fallido en varias ocasiones al no cerrarle la puerta, sino considerarlo como un “acto simbólico”. “El juicio político no tendría validez jurídica, sino simbólica y moral, en el caso que la Asamblea quiera enjuiciar al vicepresidente después de declararse su ausencia definitiva, destitución o que renunciara”.
El primer intento de enjuiciar políticamente al vicepresidente fue bloqueado por el Consejo de Administración Le- gislativa, de mayoría oficialista. Mientras que un segundo reposa en la congeladora del mismo órgano administrativo de la Asamblea Nacional.
En el caso de ser condenado a seis años de prisión, tal como lo ha pedido la Fiscalía General, el vicepresidente se enfrenta a tres caminos para apartarse o apartarlo definitivamente de la Vicepresidencia (ver gráfico). Uno de ellos, y mencionado, está en marcha: el plazo de tres meses para declarar la ausencia definitiva del cargo, de acuerdo al artículo 146 de la Constitución.
El tiempo corre desde el 2 de octubre cuando el segundo mandatario fue detenido en su domicilio en Guayaquil, por lo que el plazo tentativamente terminará a inicios de enero de 2018. De llegar a ese punto, irremediablemente, el presidente Lenín Moreno deberá presentar una terna a la Asam- blea Nacional para que elija al reemplazo definitivo de Glas.
Hay otras dos vías que a decir de Raza también hay que considerar, pero la que tiene mayor probabilidad es esperar a que culmine el plazo de tres meses dictado por la Constitución. “Tiene que cumplirse los tres meses porque seguramente el señor Glas apelará la sentencia y el proceso se alargará”.
Los otros dos caminos llevan al mismo lugar, la Asamblea Nacional. Será esta la que deberá decidir en última instancia. Pero, ¿qué pasa si Glas es declarado inocente? Solo una cosa: retornará a su cargo. No obstante, existe una pequeña rendija para que el segundo mandatario retorne a su cargo siendo condenado: la suspensión condicional de la pena.
De acuerdo al artículo 630 del Código Integral Penal, Glas puede acogerse a este recurso siempre que, entre otros requisitos, la condena no exceda los cinco años de prisión (la Fisca- lía pide seis años). Además deberá reunir otras condiciones como reparar los daños.
Muy a parte de si reúne o no los requisitos, a decir de Raza, la clave está en el tiempo. Acogerse a la suspensión condicional de la pena implica que el tribunal deberá analizar el pedido y si reúne o no los requisitos, no es inmediato. Lo que puede abonar en que los días sigan corriendo y el plazo constitucional de tres meses llegue a su fin.