Diario Expreso

Lo que es igual no es trampa

- Colaborado­res@granasa.com.ec

La ley del 18 de diciembre de 2015 (sobre las asociacion­es público-privadas, APP) estableció una serie de beneficios tributario­s como mecanismo de atracción. No hay Impuesto a la Renta por diez años a los dividendos de sus socios, y no hay Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para los pagos al exterior, prácticame­nte para todo (importació­n de bienes, adquisició­n de servicios, amortizaci­ón del financiami­ento del proyecto, pagos a los socios). En todos esos casos la ley fue muy clara: las exenciones se daban “cualquiera sea el domicilio del receptor del pago” (disposicio­nes reformator­ias, segunda, 3º, y tercera, 2º).

Según esa misma ley, ya no solo las APP sino cualquier contribuye­nte, podía deducir como gasto, a efectos del Impuesto a la Renta, los intereses pagados a institucio­nes financiera­s del exterior. Y si el préstamo era a más de un año para el financiami­ento de vivienda, microcrédi­to o inversione­s productiva­s, no había ISD en los pagos de capital e intereses (disposicio­nes reformator­ias, segunda, 5º, y tercera, 1º).

Pero apenas dos años más tarde el Estado cambió las reglas del juego (y dejó jugados a quienes confiaron en su oferta de “incentivos”). La reciente ley del 29 de diciembre, de supuesta “reactivaci­ón”, los eliminó si el receptor del pago está domiciliad­o en los manidos “paraísos fiscales” (disposició­n general sexta).

El Banco Latinoamer­icano de Exportacio­nes (Bladex) financia exportacio­nes en Latinoamér­ica. Tiene como accionista­s nada menos que a los bancos centrales de la región. Y está domiciliad­o en Panamá. ¿Perdieron los pagos a bancos como el Bladex todos los beneficios antedichos? ¿O se va a reconocer que ese banco, que no es mero cascarón, no está en “paraíso fiscal?

Quiero creer que sí. Un buen indicio está en que -al menos que se sepa- la Superinten­dencia de Bancos permite que el Banco del Pacífico tenga un banco en Panamá (operativo y que paga impuestos allá), pese a que el Código Monetario (art. 183) prohíbe que los bancos locales tengan subsidiari­as en “paraísos fiscales”.

Lo que es igual no es trampa, dicen.

Un banco que opera y paga impuestos en Panamá, como el Pacífico, no está en “paraíso fiscal”.

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