La derogatoria del impuesto a las ganancias extra, no elimina el tributo a la plusvalía
La Asamblea empezó el debate para ejecutar el resultado de la consulta
Cuestión de forma. La derogatoria de la Ley para Evitar la Especulación de la Tierra, conocida como Ley de Plusvalía, pasó el primer filtro en el pleno de la Asamblea Nacional. Ayer, en una corta sesión se evacuó el primer debate.
En la práctica, los asambleístas no tienen mucho que debatir: el 63,10 % de los electores se pronunció en favor de echar abajo esa norma en la consulta popular del 4 de febrero. A ellos les toca ejecutar esa decisión. A pesar de eso, los exmilitantes de Alianza PAIS (identificados con el correísmo) intentaron defender la vigencia de la normativa que, dijeron, busca controlar la especulación de la tierra. Otra vez, negaron que el impuesto que se quería cobrar a las ganancias extraordinarias en la venta de inmuebles o terrenos haya afectado al sector de la construcción como dicen empresarios y movimientos políticos.
Los asambleístas de oposición que participaron en el debate insistieron en que la ley, promovida por el expresidente, Rafael Correa, es antiempleo, antitrabajo, antipropiedad inmobiliaria, confiscatoria y perversa.
También coincidieron en algo: la derogatoria de la ley no elimina el pago del impuesto a la plusvalía vigente. Lo que se elimina, explicaron, es el “impuesto a la utilidad extraordinaria”. Para evitar dudas, se incluyó una explicación en ese sentido en el proyecto de derogatoria.
Los socialcristianos Luis Fernando Torres y Vicente Taiano, así como Patricio Donoso, de CREO, explicaron que, aún después de la derogatoria de la polémica ley, todavía quedará vigente el artículo 556 del Código de Ordenamiento Territorial (Cootad). Allí “se establece el impuesto del 10 % sobre las utilidades y plusvalía que provengan de la transferencia de inmuebles urbanos, porcentaje que se podrá modificar mediante ordenanza”.
Torres comentó que “hay otras normas que sancionan drásticamente, inclusive, con sanciones penales, a los especuladores (...) Sin esta ley estos especuladores podrán ser llevados a los tribunales y a la justicia cuando corresponda”.
Taiano reiteró que los ecuatorianos seguirán pagando el impuesto a la plusvalía que cobra cada municipio. Ese impuesto, dijo, “siempre estuvo en absoluta vigencia. Ese impuesto sí, lógico, racional que puede llegar al 10 %, que establece deducciones por mejoras y que está normado en todas las legislaciones locales”.
Él también reiteró que hay otras normas, contenidas en las leyes de Ordenamiento Territorial, Cootad, Contratación Pública e incluso en la Ley de la Contraloría para sancionar la especulación de tierras.
LA CIFRA 75 POR CIENTO es la tarifa del impuesto a la ganancia extraordinaria en la venta de inmuebles y terrenos.