La Ley de eficiencia de trámites busca implementar 12 beneficios para ciudadanos
Se busca limitar el uso de documentos como la papeleta de votación
En medio de la situación en la frontera norte y el juicio político al exfiscal Carlos Baca Mancheno, la semana pasada, la Asamblea Nacional realizó el primer debate del proyecto de ley de eficiencia de trámites.
El presidente de la Comisión de Régimen Económico, Pabel Muñoz propuso el proyecto de ley al Legislativo. El asambleísta explicó que su propuesta tiene al menos 12 beneficios para la ciudadanía.
Por ejemplo, se dispone que la cédula de identidad y la papeleta de votación ya no sean requisitos para efectuar trámites, pues las instituciones del Estado tienen acceso a esa información gracias al sistema de datos públicos.
Además, Muñoz indicó que en algunos casos la papeleta de votación ya no será un requerimiento. “No se le puede impedir (a una persona) que realice un trámite por no haber votado o no tener a mano la papeleta”. Trámites. A mayo del año pasado, el total de trámites en el Poder Ejecutivo fue de 1.934 y, en promedio, los requisitos por trámite son 9,34 requisitos.
Otros ejemplos concretos de las ventajas del proyecto de ley: si un empresario de la construcción inicia una diligencia para la aprobación de un proyecto inmobiliario, no se le pedirán requisitos distintos a los que se establecían cuando se inició la gestión.
Muñoz indicó que la propuesta legal determina prohibiciones a las entidades, entre ellas: no pueden requerir originales o copias simples ni legalizadas ante un notario, de títulos de bachiller o de títulos de educación superior que consten en las plataformas del Ministerio de Educación o de Secretaría Nacional de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), respectivamente.
El parlamentario mencionó que, a mayo del año pasado, el total de trámites en el Ejecutivo fue de 1.934 y, en promedio, los requisitos por trámite son 9,34 requisitos. El porcentaje de trámites que se atienden entre 0 a 4 horas es del 20,68 %, y el promedio de funcionarios por trámite es de 7,35.
Tampoco se podrá exigir el cumplimiento de requisitos y procedimientos que no estaban vigentes cuando se inició la gestión del trámite respectivo, ni tampoco la entrega de datos o documentos entregados con anterioridad o generados por la misma entidad.
Una vez aprobada la ley, que sería dentro de 50 días, las entidades deberán justificar la existencia de sus gestiones en el plazo de 180 días, caso contrario se suprimirán.
El consentimiento de nuevos trámites estará a cargo del Ministerio de Telecomunicaciones, el mismo que dará paso a otro procedimiento siempre y cuando se supriman dos.
Sobre los trámites de constructores represados en los Gobiernos Autónomos Descentralizados, el cuerpo legal dispone que estos respondan o “que el silencio administrativo dé por entendida su aprobación”.
EL DETALLE