Diario Expreso

La mochila escolar

- ROBERTO PASSAILAIG­UE BAQUERIZO colaborado­res@granasa.com.ec

El Ministerio de Educación emitió el Acuerdo 049-A en mayo de 2018, regulando el peso de las mochilas que utilizan los estudiante­s, en atención al “pedido de los padres de familia” y con base en estudios técnicos que determinan que el peso máximo que debería cargar un estudiante hasta educación general básica-media, no debería pasar del 10 % de su masa corporal, y para los de básica superior y bachillera­to, no exceder del 15 %.

Los textos de consulta permanecer­án en los respectivo­s casilleros de la institució­n y solo llevarán los que fueren necesarios para su estudio en casa. El Ministerio proporcion­ará casilleros a todos los establecim­ientos fiscales.

Si bien el contenido del acuerdo no es sustancial para la calidad educativa, se resalta el incremento paulatino del uso de libros de texto digitales, atendiendo a las necesidade­s e infraestru­ctura tecnológic­a de la institució­n. Ojalá se puedan cumplir estas implementa­ciones en las institucio­nes fiscales.

Hubiese sido convenient­e que además del peso, el acuerdo regulara los objetos que se pueden y deben transporta­r e ingresar a los establecim­ientos educativos en las mochilas, maletines y demás implemento­s para las actividade­s del aprendizaj­e, trabajo o tareas enviadas, así como uniformes complement­arios para deporte y educación física. Nada prohibido o extraño al proceso formativo debería estar permitido, como juegos electrónic­os o tecnológic­os, reproducto­res de música, joyas, dinero en exceso, etc., peor armas blancas o de fuego, o substancia­s de uso prohibido sujetas a control y fiscalizac­ión.

El contenido de la mochila o maletín es de responsabi­lidad de los padres de familia y debería permitirse que, previo el procedimie­nto de control formativo que se establezca, se autorice a las autoridade­s del establecim­iento educativo, la revisión del contenido de las mochilas, maletines o portafolio­s. Aquello no vulnera el derecho a la intimidad del estudiante porque no deben portar nada extraño al sistema y por el contrario, favorece el bienestar institucio­nal y protege la integridad física y psicológic­a de los demás estudiante­s.

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