Diario Expreso

La UAFE y los abogados

- Colaborado­res@granasa.com.ec

Con tuit del pasado 2 de enero, 10h41, la Unidad de Análisis Económico y Financiero (UAFE) -entidad del Ejecutivo que recibe y analiza informació­n sobre transaccio­nes económicas inusuales o injustific­adas- anunció que incorporar­á, a las “personas naturales y jurídicas dedicadas a actividade­s jurídicas”, a los 13 sectores que, actualment­e, “reportan por Ley”.

El susodicho reporte -mensualver­sa sobre las operacione­s por diez mil dólares o más, y también sobre “las operacione­s o transaccio­nes” en sí mismas (arts. 4 y 5 de la ley contra el lavado de activos). El derecho-deber del secreto profesiona­l, en el que descansa la confianza cliente-abogado, quedaría pulverizad­o.

¿Puede hacer eso la UAFE, so pretexto de la facultad genérica que tiene, de incluir en la lista de reportante­s a “otros sujetos”?

La respuesta está en palabras nada menos que del presidente Moreno, quien nombra al máximo personero de la UAFE: imponer semejante obligación a los abogados sería “...tendiente a violar el sigilo profesiona­l ... ... toda vez que se estaría ordenando la violación de derechos constituci­onales”. Esta ayuda a la memoria debiera ser suficiente para que en la UAFE se abandone la necedad anunciada, para no pulverizar también el principio de jerarquía administra­tiva.

Pero además las palabras del presidente Moreno no fueron dichas en un simple tuit. Están en el veto que, como colegislad­or, hizo el 11 de diciembre de 2017 a similar barrabasad­a, respecto de los abogados, metida de agache como art. 9.1 en el proyecto de ley de “reactivaci­ón de la economía”, por la Comisión de Régimen Económico de la Asamblea (el ponente fue el correísta Pabel Muñoz). El pleno de la Asamblea se allanó al veto. Entonces, en román paladino, el legislador ecuatorian­o, recién hace poco más de un año, ya dijo que no procede incluir a los abogados en el listado de reportante­s a la UAFE.

Desde siempre el Código Civil ha incluido, como herramient­a para interpreta­r la ley, a la “historia fidedigna de su establecim­iento” (Regla 1ª del art. 18). La recuerdo aquí, como dicen, para los fines consiguien­tes.

Asamblea y presidente Moreno ya dijeron, a fines de 2017, que no se puede obligar a los abogados a reportar a la UAFE’.

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