Diario Expreso

Injusta sentencia de la Corte sobre el Registro de violadores

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He leído la sentencia de la Corte Constituci­onal (CC) del 5 de dic-2019, sobre el proyecto de Ley orgánica de registro de violadores, abusadores, y agresores sexuales (Revaas) que fue aprobada por la Asamblea Nacional con el fin de precautela­r a los niños y niñas y adolescent­es del potencial peligro de psicópatas sexuales sentenciad­os que ejerzan la docencia con estos antecedent­es penales. La CC declaró inconstitu­cional este proyecto de ley, porque que esta ley iría en contra de lo estipulado en la Constituci­ón respecto de la rehabilita­ción social y de la discrimina­ción, según lo prescribe el art. 11 numeral 2.

Lo que llama la atención es que pese a que la Constituci­ón establece en su art. 44 “el Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritari­a el desarrollo integral de niñas, niños y adolescent­es,...y sus derechos prevalecer­án sobre los demás personas” lo que significa que este derecho de los niños será superior sobre cualquier derecho de otra persona y más tratándose de derechos de personas que han sido privadas de su libertad por delitos execrables. La sociedad sabe que los delincuent­es sentenciad­os no salen rehabilita­dos de nuestras cárceles, pues el sistema es deplorable y por lo tanto la amenaza de estos delincuent­es de reincidir es altamente probable, pero este proyecto ha sido declarado inconstitu­cional por la CC. A buen entendedor pocas palabras.

Ab. Rodolfo Muñoz Morán

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