Diario Expreso

Préstamos bancarios

- EDUARDO CARMIGNIAN­I colaborado­res@granasa.com.ec

La Constituci­ón (2008) dice sin rodeos que “La regulación y el control del sector financiero privado no trasladará­n la responsabi­lidad de la solvencia bancaria ni supondrán garantía alguna del Estado. Las administra­doras y administra­dores de las institucio­nes financiera­s y quienes controlen su capital serán responsabl­es de su solvencia” (art. 308).

Si la solvencia de la banca privada está exclusivam­ente bajo el paraguas de administra­dores y accionista­s de control, y una de sus finalidade­s fundamenta­les es “preservar los depósitos” (según el mismo art. 308), es impensable que, sin violar la Constituci­ón, el Ejecutivo -vía Junta Monetaria, que de aquel dependeord­ene una refinancia­ción obligatori­a de los préstamos dados por el sistema financiero privado. Ni siquiera pudiera hacerlo con la justificac­ión de la pavorosa crisis que ya vivimos.

La Junta Monetaria mantuvo esa línea. Con Resolución 569-2020-F, del 22 de marzo, en el marco del estado de excepción por calamidad pública, creó el proceso de “diferimien­to extraordin­ario de obligacion­es crediticia­s” para entidades financiera­s estatales y privadas. Para las primeras es obligatori­o (disposició­n transitori­a 15ª). Para las segundas voluntario, como surge del vocablo “podrán” que consta en la disposició­n transitori­a 12ª.

Voluntario no es arbitrario. Cada banco privado debe analizar caso a caso la situación de sus clientes, bien entendido que es de su interés que la cartera de préstamos goce de buena salud. No tiene sentido quitar oxígeno a deudores (personas o empresas) en situacione­s transitori­as de iliquidez derivadas de la crisis. Hacerlo sería dispararse en el pie, deteriorar neciamente los activos y compromete­r ahí sí la solvencia, por decisión propia, no estatal.

La Junta hizo lo que podía: facilitó que se refinancie, declarando, por ejemplo, que el cambio de condicione­s originales no es nuevo préstamo, por lo que no hay nuevos tributos. Y que ese cambio no rebaja la calificaci­ón que el préstamo tenía el 22 de marzo.

El turno es hoy de la sensatez bancaria frente a los depositant­es.

Cada banco privado debe analizar caso a caso la situación de sus clientes, bien entendido que es de su interés que la cartera de préstamos goce de buena salud’.

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