Diario Expreso

La Corte Nacional rechaza pedido de exministro Espinel

Tribunal ratifica recurso de casación y termina proceso a otro acusado

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Interminab­le. El proceso de lavado de activos por el cual el exministro Iván Espinel Molina cumple una condena de 10 años de cárcel, pasaría a la Corte Constituci­onal como última instancia en el país.

Jueces de la Sala Penal, Militar, Policial, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) negaron reformar la providenci­a que emitieron el pasado 28 de septiembre de 2020, mediante la cual admitieron a trámite el recurso de casación presentado por el expresiden­ciable, quien hizo el pedido.

Espinel reprochó la inadmisión que hizo el Tribunal respecto de la causal del artículo 76 numeral 5 de la Constituci­ón, en concordanc­ia con el artículo 5 numeral 2 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tiene relación con la aplicación de la ley y sanción más favorable al infractor.

Los magistrado­s trasladaro­n la solicitud a las partes; entre ellos al fiscal general subrogante Wilson Toainga, quien pidió que sea rechazado el pedido “por carecer de eficacia jurídica”. De igual manera, el abogado José Quirós Rumbea, director general de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), indicó que el auto “se encuentra

debidament­e fundamenta­do y no cabe la enmienda ni la reforma (...)”.

La Sala precisó que “no se ha indicado la influencia que ha tenido dicho yerro de derecho en la decisión de la causa, y en lo cual se ratifica este Tribunal, puesto que del escrito de interposic­ión del recurso de casación realizado por el recurrente no determina tal requisito (...)”. Ante eso, negó la solicitud de Iván Espinel, quien permanece detenido en la cárcel de Guayaquil, donde cumple la sentencia de diez años por lavado de activos.

En diciembre de 2019, jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial del Guayas ratificaro­n la sentencia a Espinel, que contempla 10 años de cárcel y el pago de una multa de 505.124 dólares.

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ARCHIVO / EXPRESO Referencia­l. En el caso de peculado, se revirtió una sentencia favorable.

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