Diario Expreso

UN ATAJO HACIA LOS BIENES ILÍCITOS

La Ley de Extinción de Dominio no requiere condena penal.

- ALFONSO ALBÁN ESPÍN albana@granasa.com.ec ■ GUAYAQUIL

Sería impresenta­ble que el presidente vete la ley cuando fue construida con su propia gente.

FABRICIO VILLAMAR, asambleíst­a proponente

Que se viene el poder económico en contra de esta nueva ley, sí se vendrá. Es lo que va a pasar.

MAE MONTAÑO, asambleíst­a independie­nte

La ley se usa para varios fines, incluso delinquir, y esta ley no está exenta. Lo contrario es no tener ley.

RAÚL TELLO, legislador ponente de la ley

Como un bisturí o una gran mandíbula. Son los símiles que usan algunos asambleíst­as para referirse a la Ley de Extinción de Dominio aprobada en segundo y definitivo debate la noche del pasado martes. En palabras simples, la normativa es una herramient­a para la extinción de la propiedad a favor del Estado producto de actos ilícitos como narcotráfi­co, delincuenc­ia organizada, enriquecim­iento ilícito, trata de blancas, peculado, cohecho u otros similares.

No necesitará de una acción penal, es decir de una sentencia judicial, para que pueda ser aplicada. Este es uno de los tres dientes (si seguimos con el símil de la mandíbula) que tiene este proyecto de ley, a decir de la legislador­a Mae Montaño, quien propuso cambios durante el largo proceso de debate con algunas dilatacion­es para su tratamient­o en el pleno.

En este punto hace una diferencia: una cosa es la acción penal que juzga el comportami­ento de la persona y otra diferente es la extinción de dominio sobre propiedade­s que fueron obtenidas de manera ilícita. Con esto intenta desbaratar los argumentos de quienes se apoyan en el respeto a la propiedad privada para denostar el proyecto de ley. “La naturaleza constituci­onal del derecho a la propiedad se respeta a los ecuatorian­os que han logrado sus bienes de manera legal, no de manera ilegal”, replica.

El otro diente es la retrospec-tividad. Este principio le da a la ley alcance para los hechos pasados. No es lo mismo que retroactiv­idad, puntualiza el legislador y proponente del proyecto Fabricio Villamar, ya que no se trata de cambiar las reglas del juego ya existentes, sino de la creación de una nueva ley que versa sobre una nueva materia. “A ratos quieren identifica­r esta ley diciendo que como se trata de materia penal no puede ser retroactiv­a. La ley no es retroactiv­a, es retrospect­iva. Es una ley que trabaja sobre los bienes y no sobre las personas”.

El tercer y último diente es la imprescrip­tibilidad. No es otra cosa que no ponerle fecha de caducidad al presunto delito. Puede ser juzgado hoy, como mañana o dentro de 10 años o más.

Estos tres aspectos quisieron, a criterio de Raúl Tello, legislador y presidente de la Comisión de Participac­ión Ciudadana de la Asamblea, ser eliminados de la ley antes de su votación la noche del martes. Noralma Zambrano, asambleíst­a por el movimiento Alianza PAIS, presentó una moción previa para modificar, entre otros puntos, el término ‘imprescrip­tible’ por ‘prescripti­ble’. Además, que la extinción de dominio se configure, entre otros requisitos, con sentencia condenator­ia ejecutoria­da. También, eliminar el término ‘retrospect­ividad’.

Esto provocó la reacción de Tello, quien increpó al presidente encargado de la Asamblea, César Solórzano, por dar paso a la moción y a la votación, que finalmente no alcanzó las voluntades necesarias para su aprobación. “Lo importante de la ley es que resulta independie­nte del ámbito penal y con ello se abre un camino más expedito para recuperar los bienes, y es en los que el ámbito penal no ha podido llegar”, explicó a EXPRESO.

Para Tello, Montaño y Villamar resulta curioso, por decir lo menos, que varios de sus pares correístas, socialcris­tianos, de CREO, PAIS y otros votaran a favor de la moción de Zambrano que, a decir de los tres, buscaba restarle esa independen­cia a la ley, y que también votaran a favor de la aprobación de la misma tal como estaba.

Son las curiosidad­es en el Legislativ­o que provoca un proyecto de ley que aún debe superar obstáculos antes de entrar en vigente. El primero, el veto del presidente Moreno. Y una lluvia de demandas de inconstitu­cionalidad que los tres legislador­es ven venir.

EL DETALLE

Votación. La legislador­a Marcela Aguiñaga fue la única que se abstuvo a la aprobación de la ley.

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CORTESÍA Asamblea. Con 131 votos a favor y una abstención fue aprobado el proyecto de Ley de Extinción de Dominio la noche del pasado martes.

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