Diario Expreso

Viene a la cárcel

- ROBERTO LÓPEZ MORENO Twitter:@drrobertol­opez2

Las declaracio­nes de Yaku Pérez increpando a Guillermo Lasso y diciéndole que no lo apoyará en la segunda vuelta ponen de relieve un país dividido frente al correísmo y sin posibilida­des de vencerlo.

Pero gracias a la Divina Providenci­a, la salida a la crisis nos cae del cielo. Ante el pedido de la fiscal solicitand­o las pruebas de los aportes ilícitos de campaña del ELN a la candidatur­a del binomio Arauz-rabascall, el fiscal general de la nación colombiana se presentó con las pruebas y se las entregó a la Fiscalía del Ecuador. Eso no sirve de nada. La ley les concede inmunidad a los candidatos. -No. Lee bien. No solo ese artículo. Te estás saltando la parte final del 296 de la ley. Cuando existen indicios de que los aportes ilícitos provienen de actividade­s delictivas, el CNE: “pondrá estos hechos en conocimien­to de la Fiscalía General del Estado”. ¿Para qué? ¿Para que la Fiscalía haga tiktoks con los indicios, o para que inicie la investigac­ión penal? -Es para que la inicie terminado el proceso electoral, genio. -No señor. Porque la Constituci­ón está por encima de la ley electoral. Y el art. 195 de la Constituci­ón, dice que el fiscal “de hallar mérito, acusará a los… infractore­s” atendiendo el principio de oportunida­d. ¿Cuándo es oportuna una cesárea, a los 9 meses o a los 15? De hallar méritos, la Fiscalía tiene que acusar. -Esa es tu opinión. -Te equivocas. Porque “el principio de oportunida­d” se encuentra reglado en el COIP, art. 412. Y como la Constituci­ón nos remite a él, es obligatori­a su aplicación. Y el COIP dice que en caso de delincuenc­ia organizada y delitos contra el Estado, la Fiscalía “no podrá abstenerse de iniciar la investigac­ión penal”. Ya, pero cuando concluya el proceso electoral. -No señor. El art. 412 establece primero los casos en que la Fiscalía puede abstenerse de acusar en forma oportuna. Y luego, aquellos en que no puede abstenerse. Y como ya te dije, esos son la delincuenc­ia organizada y los delitos contra el Estado. Mira: estos son flojísimos. Correa está prófugo. Arauz no regresa si es acusado. Porque si viene, viene a la cárcel.

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