“No se ajusta a legislación nacional”
■ El Código Orgánico de Ambiente y su Reglamento establecen cómo deben constituirse las reservas marinas o las áreas marino protegidas. Allí se manifiesta que la política pública del mar, así como la gobernanza marina deben atenderse con enfoque integral, interinstitucional e intersectorial.
Según expertos es deber constitucional del Estado garantizar y defender la soberanía nacional y promover la soberanía alimentaria, por lo que la ampliación de la reserva así como su manejo por parte de una organización extranjera son inconstitucionales.