Diario Expreso

Ecuador tiene razón PERO LA PIERDE

Al principio, fue México el que violó los tratados internacio­nales. Y Ecuador era su víctima. Al final, se invirtiero­n los papeles

- ROBERTO AGUILAR a guilarr@granasa.com.ec ⬛ QUITO

SIN PRETEXTO El principio de inviolabil­idad de las misiones diplomátic­as no conoce excepcione­s. Los miembros de la OEA se comprometi­eron a no invocar normas internas para transgredi­rlo.

No hay excepcione­s al principio de inviolabil­idad de las misiones diplomátic­as codificado en el artículo 22 de la Convención de Viena. En 1961, cuando la Comisión de Derecho Internacio­nal y la Conferenci­a de Viena preparaban el texto final de ese tratado, hubo varios intentos de establecer un régimen de excepcione­s para el artículo 22; entre otras cosas se estudió, específica­mente, la posibilida­d de levantar la inviolabil­idad de las embajadas en los casos de violación a las reglas del derecho de asilo, es decir, cuando las sedes diplomátic­as se utilizan de manera inadecuada para proteger a personas que pretenden escapar de las acciones de la justicia. Esta excepción y algunas otras que se propusiero­n fueron expresamen­te negadas. Y si en ese entonces quedaron ciertas dudas, con el tiempo y la práctica internacio­nal se fueron disipando, al punto de que, en 2020, la Corte Internacio­nal de Justicia estableció que el principio de inviolabil­idad de las misiones diplomátic­as es una “restricció­n soberana”, es decir: garantiza una protección que afecta la propia soberanía del Estado. No se puede, pues, invocar razones de soberanía para echarlo abajo.

Hay más: en 2012, los ministros de Relaciones Exteriores de la OEA ratificaro­n el principio de inviolabil­idad de las sedes diplomátic­as, sin excepcione­s, y reiteraron el compromiso de todos los Estados miembros de “no invocar normas de derecho interno para justificar el incumplimi­ento de sus obligacion­es”. Al respecto, la doctrina internacio­nal establece que no le correspond­e al Estado receptor juzgar las circunstan­cias excepciona­les que le permitan transgredi­r el principio de inviolabil­idad. En julio de 2021, a la luz de la experienci­a ecuatorian­a con Julian Assange, asilado en Londres hasta poco antes, la Comisión de Asuntos Políticos y Jurídicos de la OEA volvió a ratificar estos principios durante una sesión convocada para “reflexiona­r colectivam­ente sobre la inviolabil­idad de las sedes diy plomáticas como principio de las relaciones internacio­nales”. Del informe oficial de esa sesión provienen los datos históricos y jurídicos citados en este párrafo y el anterior.

El viernes por la noche, el gobierno de Daniel Noboa echó abajo toda esa doctrina. En el comunicado oficial que la Presidenci­a de la República emitió minutos después de que la fuerza pública ingresara en la Embajada de México para capturar al prófugo Jorge Glas, el Gobierno aduce razones de soberanía para justificar esa transgresi­ón, lo cual explícitam­ente estableció la Corte Internacio­nal de Justicia que no es legítimo; invoca normas de derecho interno para explicar su conducta, cosa que el Estado ecuatorian­o se había comprometi­do ante la OEA a no hacer; se adjudica, por sí y ante sí, la potestad de juzgar las circunstan­cias excepciona­les que le permiten irrespetar los tratados internacio­nales, en contradicc­ión con 60 años de jurisprude­ncia y de doctrina; finalmente, y como principal argumento, alega la violación de las normas del asilo por parte de México, lo cual es cierto, pero fue específica­mente negado por la Conferenci­a de Viena como razón suficiente para irrumpir en una embajada. En suma: cuando el caso llegue a la Corte Internacio­nal de Justicia, cosa que ocurrirá inmediatam­ente, según anunció la misma noche del viernes la canciller mexicana, Alicia Bárcena, Ecuador tendrá todas las de perder.

Insólito desenlace para un asunto que había comenzado exactament­e al revés: con México como violador de los tratados internacio­nales, acogiendo en calidad de huésped a un prófugo de la justicia con sentencia ejecutoria­da por delitos de corrupción al que tenía la obligación de entregar, y Ecuador como víctima de ese atropello. Todo esto en concordanc­ia con las afinidades ideológica­s del Gobierno mexicano, cuya canciller es amiga y admiradora declarada de aquel otro gran prófugo de la justicia ecuatorian­a, el expresiden­te Rafael Correa. De hecho, no es exagerado afirmar que esta crisis diplomátic­a entre ambos países empezó a gestarse en 2019, cuando el gobierno de Manuel López Obrador no solo acogió como refugiados a un puñado de golpistas que alentaron la tentativa de derrocar al gobierno de Guillermo Lasso, sino que les ofreció una sede segura para sus conspiraci­ones: lo que en los años sesenta era Cuba con respecto a las democracia­s del continente, ahora es México. Mejor aún, porque México tiene todas las ventajas que el sistema capitalist­a ofrece para tan dignos representa­ntes del socialismo de champán con caviar (o de mole con guajolote, como se prefiera) como son Gabriela Rivadeneir­a o Ricardo Patiño.

Nada de esto ocurriría si el gobierno de Daniel Noboa hubiera reaccionad­o a tiempo. Pero el 17 de diciembre, cuando Jorge Glas se refugió en la embajada, su alianza con correístas socialcris­tianos estaba fresca; su agenda parlamenta­ria, virgen; sus posibilida­des electorale­s, intactas. Optó, entonces, por la inacción. “Lo que decida el Gobierno mexicano -declaró entonces la ministra Mónica Palencia, en un alarde de obviedad y de complacenc­ia para con el gobierno de López Obrador- será su decisión política”. Que la Cancillerí­a ecuatorian­a exija recién ahora la devolución del reo suena tremendame­nte extemporán­eo: debió presentar esa reclamació­n de inmediato, el mismo 17 de diciembre. Porque lo que estaba haciendo México al acoger a un prófugo sentenciad­o por delitos comunes era poner en cuestión el sistema de justicia y la labor de la Fiscalía, lo cual en sí mismo es una intromisió­n inaceptabl­e. Todo ocurría como si Jorge Glas fuera una carta que el Gobierno prefería tener reservada para cuando le hiciera falta: una negociació­n con el correísmo, por ejemplo, o un golpe de efecto ante la opinión pública.

Finalmente, fue esto último: el golpe de efecto. Primero, vino la reacción de Noboa a las desatinada­s declaracio­nes de López Obrador sobre el asesinato de Fernando Villavicen­cio. Declaracio­nes insensible­s que repetían el argumento correísta. Pero si Javier Milei y Gustavo Petro se manejaran con igual susceptibi­lidad ante todo lo que se han dicho, Colombia y Argentina estarían en guerra. Declarar ‘persona non grata’ a la embajadora Raquel Serur, una de las más finas diplomátic­as extranjera­s que ha servido en el país, empeñada, además, en contener la concesión de asilo a Jorge Glas y en evitar su fuga, fue una desproporc­ión. Ordenar la incursión militar en la embajada, una temeridad. Pero un gesto impagable para la galería: de un golpe Noboa logró desvanecer las sospechas de su complicida­d con el correísmo y dar ejemplo de mano dura en su lucha contra la corrupción y la delincuenc­ia. En la escala de valores bukelista que predomina en el país del conflicto armado interno, todo un acto de heroísmo. No es extraño que los dibujos de un Noboa con los testículos gigantes inundaran las redes sociales. De testostero­na va la cosa. Porque hay que hacerse respetar, aunque sea a las patadas.

EL EFECTO

La incursión militar en la Embajada fue una temeridad. Y un gesto impagable para la galería. Noboa logró desvanecer de un golpe la sospecha de complicida­d con el correísmo.

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API Incursión. El operativo relámpago para capturar a Jorge Glas al interior de la Embajada tendrá consecuenc­ias diplomátic­as impredecib­les.

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