El Gobierno se niega a ceder el manejo del IESS a los afiliados
El Ejecutivo vetó la reforma legal por “inconstitucional”
El Gobierno se niega a que el Estado, a través del delegado del Ejecutivo al Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), pierda el manejo de la entidad en favor de los representantes de los afiliados y jubilados.
El presidente de la República, Daniel Noboa, envió a la Asamblea Nacional el 12 de abril de 2024 su objeción parcial por ‘inconstitucionalidad y por inconveniencia’ a la ley reformatoria, de iniciativa ciudadana, a la Ley de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), aprobada el mes pasado por el Legislativo.
El documento, de 17 hojas, fue remitido al presidente del organismo, Henry Kronfle; mientras Noboa se encuentra de viaje en Miami, Estados Unidos, por motivos personales, desde el 10 de abril.
Los artículos que Noboa observa por ‘inconstitucionalidad’ son el 6, 7, 8, 9 y la disposición general primera. Mientras que por ‘inconveniencia’ observa los artículos 5, 10, 11, la disposición general segunda y las disposiciones transitorias primera y segunda.
En el artículo 6 de la ley, la Asamblea aprobó cambios en la integración del Consejo Directivo del IESS. Se estableció que estará conformado por cinco miembros: un representante de los afiliados en relación de dependencia, otro de los afiliados sin relación de dependencia, uno de los jubilados, uno del Estado y otro de los empleadores.
Noboa alega que el Consejo Directivo, al ser el órgano de gobierno de la entidad, debe estar integrado por representantes de tres sectores que intervienen en esta institución: el Estado, los asegurados (afiliados y jubilados) y los empleadores.
Es decir, defiende la actual conformación del Consejo Directivo, que según la normativa debe ser presidido por el delegado del Ejecutivo. Alega que ningún sector debe tener preponderancia frente a otro.
Sostiene que con esta conformación de cinco miembros “no existe igualdad para la toma de decisiones, debido a que el sector de afiliados ocupa un 60 % y entre el Estado y el sector de empleadores un 20 % cada uno”.
Además, cuestiona que si se aumentan dos vocales en el Consejo Directivo, la consecuencia sería el aumento del costo permanente por gastos de personal y administrativos, por un monto promedio de 364.380,52 dólares por cada vocalía, monto que correría por cuenta del IESS. Eso generaría un incremento adicional en los egresos del instituto, que no están actualmente financiados.
“El más grande deudor del seguro social no quiere soltar el control de esta institución, terriblemente mal manejada por los gobiernos de turno”, dice al respecto el autor de la propuesta, el exlegislador Henry Llanes, ahora directivo de un gremio de jubilados de Pichincha.
A su criterio, la Asamblea podría enmendar los textos de la reforma, previo pronunciamiento de la Corte Constitucional.
“El presidente de la República plantea una objeción por inconstitucionalidad, y en este caso la Corte Constitucional debería pronunciarse. Lamentablemente, (esto ocurrió) por los errores que cometió la Asamblea Nacional, porque nuestro proyecto estaba enmarcado en las disposiciones constitucionales y de carácter legal”, afirma Llanes.
EL DETALLE
Alegato. Según Noboa, el artículo 6 viola la Constitución y los principios de igualdad, representatividad, financiación, sostenibilidad.