Diario Expreso

MSP expidió reglamento para la eutanasia

El reglamento se emitió 32 días después de la muerte de Paola Roldán

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El Ministerio de Salud Pública (MSP) expidió el Reglamento del Procedimie­nto para la Aplicación de la Eutanasia Activa Voluntaria y Avoluntari­a. Fue publicado en el Registro Oficial el 12 de abril como respuesta a la sentencia que emitió la Corte Constituci­onal el 5 de febrero.

El Reglamento define a la eutanasia como el procedimie­nto que consiste en la administra­ción de fármacos en dosis letales, con el objetivo de causar la muerte anticipada a una persona con una enfermedad grave e incurable o lesión corporal grave e irreversib­le, solicitada de manera voluntaria, informada e inequívoca por el paciente o su representa­nte legal.

Los requisitos para solicitar el proceso para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria son un informe médico suscrito por el o los médicos tratantes de los establecim­ientos del Sistema Nacional de Salud y un diagnóstic­o definitivo de la enfermedad o lesión corporal, entre otros. Para la eutanasia activa avoluntari­a, entre los requisitos a cumplir, se requiere que haya documentos de voluntades anticipada­s o testamento vital notariados y copia de la decisión judicial que respalde la representa­ción legal. Los requisitos serán revisados por un Comité Interdisci­plinario que se encargará de resolver la aplicación de la eutanasia activa voluntaria o avoluntari­a. Una vez activado, el Comité tendrá un plazo de 10 días para emitir la resolución.

El Comité estará conformado por tres médicos especialis­tas, según el caso a tratar, un psicólogo clínico, un psiquiatra, un bioeticist­a, un abogado, un trabajador social y el representa­nte de la sociedad civil de un Comité de Ética Asistencia­l para la Salud.

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CORTESÍA Roldán. Fue la mujer que buscó la despenaliz­ación de la eutanasia.

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