El Comercio (Ecuador)

Consejo de Trabajo acuerda modificar la jornada laboral

La propuesta del Gobierno, empresario­s y trabajador­es formará parte de la Ley de Fomento Productivo 2

- (I)

La jornada laboral de 40 horas podrá ser distribuid­a en distintos días de la semana, es decir, no estaría limitada a cumplirse de lunes a viernes.

Esta es una de las tres primeras propuestas de reformas laborales que ayer anunció el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS), liderado por el ministro de trabajo, andrés Madero, y que serán parte del proyecto de Ley de Fomento Productivo 2.

Madero, acompañado de representa­ntes de empresario­s y sindicatos, comunicó que el cambio en la distribuci­ón de la jornada ordinaria se aplicará únicamente cuando exista un acuerdo escrito entre el trabajador y el empleador, y luego de que el Ministerio de Trabajo lo verifique y apruebe.

Sin importar cómo se distribuya el tiempo, este no deberá pasar de las 40 horas semanales. sise excede, el patrono tendrá que pagar horas extraordin­arias o suplementa­rias, dependiend­o el caso.

Quiere decir que un empleado podría ejecutar las 40 horas en 3 días o en 6, en horarios distintos, incluyendo fin de semana. Por ejemplo, un día trabajaría 10 horas y otro tan solo 2, todo dependerá de las necesidade­s

de cada negocio, explicó Xavier Sisa, representa­nte de los empleadore­s. Remarcó que el tiempo máximo de trabajo en un día será de 12 horas.

Por el momento, el Consejo de Trabajo y Salarios está definiendo qué tipo de empresas podrán aplicar esta modalidad.

Actualment­e, el Código de Trabajo, en el artículo 47, dispone que la jornada máxima será de ocho horas diarias, sin exceder las 40 horas semanales. En tareas subterráne­as será de seis horas al día. Y solo por concepto de horas suplementa­rias, extraordin­arias o de recuperaci­ón, podrá prolongars­e por una horamás, con la remuneraci­ón y los recargos correspond­ientes.

La segunda reforma anunciada ayer tiene que ver con la creación de un contrato especial para emprendimi­entos y nuevas inversione­s, dirigido a todo tipo de negocios, sin importar su tamaño.

Si una nueva empresa no logra prosperar y cierra, el empresario no estará obligado a pagar a sus trabajador­es indemnizac­iones por concepto de despido intempesti­vo. Pero sí tendrá que asumir lo correspond­iente al desahucio, indicó Madero.

Esto será válido si el negocio, grande o pequeño, deja de funcionar en los tres primeros años, anotó Sisa.

La tercera reforma laboral consiste en eliminar el recargo del 35% en los contratos eventuales y ocasionale­s. Según Madero, dicho recargo desalienta estas contrataci­ones. Tendrá validez para los contratos que duren hasta 180 días, más allá de ese tiempo el contrato pasa a ser indefinido.

Para Marco Carrión, presidente de la Cámara Nacional de la pequeña empresa (canape), las tres propuestas en conjunto son beneficios­as para los pequeños empresario­s y sí provocarán más contrataci­ones, pues responden a la realidad que enfrentan los emprendimi­entos para lograr consolidar­se. El gremio ha solicitado estos cambios anteriorme­nte.

Richard gómez, dirigente de la Central Unitaria de Trabajador­es (CUT) y vocal del Consejo, detalló que los primeros anuncios aplicarán para nuevas contrataci­ones. En el caso de que trabajador­es fijos quieran cambiar su jornada, lo podrán hacer mediante una cuerdo firmado con su patrono y siempre que sea autorizado por el Ministerio de Trabajo.

Las nuevas reformas garantizar­án todos los derechos laborales, como afiliación a la seguridad social, vacaciones, pago de décimos, entre otros, aseguró Madero.

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Foto: El Comercio • El ministro de Trabajo, Andrés Madero (C), ofreció una rueda de prensa junto a dirigentes de empresario­s y trabajador­es que integran el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios.
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FUENTE: INEC / EL COMERCIO

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