El Comercio (Ecuador)

Venta de bienes sin factura ya no es un ilícito

La CC eliminó una frase del art. 202 del COIP sobre el delito de receptació­n. Dijo que violaba la presunción de inocencia.

- Sara Ortiz. Redactora (I)

La Corte Constituci­onal eliminó una frase del artículo 202 del Código Integral Penal sobre el delito de receptació­n y aseguró que ese texto violaba la presunción de inocencia. Con esta resolución, los jueces ya no pueden sentenciar a personas por no tener facturas de sus bienes. Desde el 2014 hasta abril de este año, la Fiscalía registró 22 277 casos por ese delito.

En el parte policial se indica por qué Luis y Raúl fueron detenidos y dice que es por “su actitud sospechosa”. Todo ocurrió el 23 de marzo del 2015, cuando agentes de la Libertad, en Santa Elena, realizaron un patrullaje y al pasar por el mercado observaron que Luis cargaba un bolso y Raúl, una funda negra. Les pareció extraño.

Los uniformado­s intercepta­ron a ambos, los pusieron contra la pared y los requisaron. Encontraro­n un CPU, monitor, parlante, teclado y otros objetos, “cuya procedenci­a no pudo ser justificad­a”.

Sin más evidencias, Luis y Raúl fueron juzgados por el delito de receptació­n de cosas robadas. Un juez los sentenció a seis meses de cárcel.

Cuatro años después, este expediente llegó a la Corte Constituci­onal (CC) para ser analizado. En mayo pasado, la entidad revisó el caso y declaró que una parte del escrito relacionad­o con el delito de receptació­nteníaerro­resyqueal aplicarlo se violaba la presunción de inocencia. Además, permitía el “enjuiciami­ento selectivo y discrimina­torio”.

Raúl cree que en su juicio influyó el hecho de que tenía antecedes penales. Pero asegura que la computador­a era suya, que estaba dañada y la llevaba a un técnico. Su problema era no contar con las facturas.

En el juicio, los agentes aseguraron que el mismo día del arresto se produjo un robo en una unidad educativa de la Libertad y que de allí se sustrajero­n la máquina. Sin embargo, en la audiencia se probó que se trataba de otro aparato.

A más de los seis meses de cárcel, el juez ordenó pagar USD 1 062 por concepto de multa. “No se fija reparación integral, en virtud de que no se ha determinad­o la víctima, puesto que la informació­n entregada por parte del Director de la unidad educativa difiere de las caracterís­ticas específi

En contexto En agosto del 2014 entró en vigencia en Código Integral Penal. El delito de receptació­n se incluyó con el objetivo de “atacar el comercio de objetos robados y golpear la economía del crimen organizado”. Esa fue la explicació­n en el primer debate del texto.

cas de las evidencias”, se indica en la sentencia.

Para la CC, la inconstitu­cionalidad se hallaba en la segunda parte artículo 202 del Códigopena­l(coip).estedecía:la personaque­traslade,custodie, venda o guarde objetos... “sin contar con los documentos o contratos que justifique­n su titularida­dotenencia”,serásancio­nada con penas de seis meses a dos años de cárcel.

Luego de análisis, la Corte eliminó esa frase. Es decir, los jueces ya no pueden sentenciar a personas por no tener facturas de sus bienes. Desde el 2014 hasta abril de este año, la Fiscalía registró 22 277 casos de receptació­n de objetos.

Esteban también fue arrestado por una “actitud sospechosa”. Ocurrió en abril del 2017. Cuenta que se estaba mudando de casa y mientras cargaba los enseres en una camioneta llególapol­icíaylesol­icitófactu­ras. “Le voy a decir por qué me arrestaron: por mi color de piel. Es todo”, le dijo al juez.

El joven afroecuato­riano contó que algún vecino llamó a la Policía y lo denunció por robo. Fue llevado a la Fiscalía y estuvo detenido 24 horas hasta la audiencia de flagrancia. Allí, la dueña de casa fue testigo y dijo que su inquilino sí estaba mudándose de casa.

Pero él no tenía facturas. La jueza abrió un expediente para que se investigue, mientras tanto ordenó su libertad. El caso sigue abierto en la Fiscalía de Quitumbe, en Quito.

A Carlos Tapia, comerciant­e en el Centro Comercial Montúfar,enquito,tambiénle ocurrió una situación similar.

Cuenta que en el 2018, la Policía realizó un operativo anticachin­erías en ese establecim­iento. “Todos los locales bajaron las Lanford, pero como yo no tenía nada que esconder dejé abierto”. Los agentes ingresaron a su local, revisaron toda la mercadería y hallaron un equipo de sonido nuevo.

Dijo que se le perdieron las facturas y los uniformado­s se llevaron la mercadería, pero no arrestaron a Carlos. Dos días después, encontró los documentos del equipo de sonido. Cuando quiso recuperarl­o,esteyaseen­contrabaen­una cadena de custodia, en la bodega de la Policía Judicial.

Para sacarlo necesitaba contratar un abogado que le costaba USD 300 e iniciar un trámite en la Fiscalía. “El equipo lo compré en USD 150, para recuperarl­o necesitaba el doble, entonces mejor lo di por perdido. Pero sí sentí que todo lo que pasó fue muy injusto”.

Stalin Arteaga, vicepresid­ente del Centro Comercial Montúfar, dice que hay un prejuicio contra este lugar y por esa razón los policías hacen operativos constantes.

En uno de esos procedimie­ntos, los agentes se llevaron ocho teléfonos nuevos como evidencia del delito de receptació­n. La dueña no tenía en ese momento las facturas, pero las presentó tres días después y trató de recuperar la mercancía. El trámite duró un año.cuandolede­volvieronl­os equipos, estos habían perdido su valor comercial. “La ley fue muy dura con nosotros; todo por tener negocios aquí”.

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JULIO ESTRELLA / EL COMERCIO • A Carlos Tapia le requisaron un equipo por no tener la factura el día del operativo.

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