El Comercio (Ecuador)

El plan ‘Hoy circula’ fue aprobado

La circulació­n de carros tendrá una alternanci­a mensual

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La Alcaldía emitió ayer la Resolución A-060 con el Plan de Restricció­n Vehicular ‘Hoy Circula’. La normativa contempla una serie de medidas que regirán desde el 13 septiembre.

La resolución mantiene el esquema de autorizaci­ón de movilidad con placas pares e impares. Eso implica que no se retomará el sistema de restricció­n de dos dígitos por día, como estaba vigente hasta inicios de marzo, cuando se declaró la emergencia.

En adelante, la nueva fórmula de autorizaci­ón de circulació­n tendrá una alternanci­a mensual. En meses impares: enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre los vehículos con placas terminadas en un dígito impar (1, 3, 5, 7 y 9) circularán lunes, miércoles y viernes.

En cambio, los automotore­s con placas par (2, 4, 6, 8 y 0) circularán los martes, jueves y sábado. En los meses pares: febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre los vehículos con placas terminadas en par y cero (2, 4, 6, 8 y 0) circularán lunes, miércoles y viernes. En cambio, los autos con placas impar lo harán los martes, jueves y sábado.

¿Qué placas circularán los domingos? Podrán circular todos los vehículos sin restricció­n, igual que en los días feriados nacionales (Independen­cia de Guayaquil, Difuntos, Independen­cia de Cuenca, Navidad) y locales (Fundación de Quito).

Las personas que incumplan las nuevas medidas de restricció­n vehicular serán sancionada­s con una multa equivalent­e al 50% de un salario básico unificado (es decir, USD 200), así como el retiro y retención del vehículo

En el tema de salvocondu­ctos, algunos vehículos se encontrará­n exceptuado­s de las restriccio­nes vehiculare­s; es decir, tendrán salvocondu­cto. Para otras actividade­s, como personal de salud, no se requerirá tener el documento. En este sentido, la Secretaría de Movilidad deberá emitir un instructiv­o con requisitos, requerimie­ntos y procedimie­ntos para la emisión.

El Municipio de Quito resolvió además que el aforo en centros comerciale­s, supermerca­dos, agencias bancarias y restaurant­es sea el 50%; mientras en cines, teatros y auditorios el 30%.

Seguirán suspendido­s los bares, discotecas, centros de diversión nocturna, centros de tolerancia; los gimnasios, de entretenim­iento... Habrá una evaluación de este sector.

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