La Judicatura reforma los procesos disciplinarios
Los cambios a la norma se adaptan al fallo de la CC sobre las destituciones
El Consejo de la Judicatura (CJ) reformó el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Disciplinaria, luego de que la Corte Constitucional (CC) declarara la inconstitucionalidad del error inexcusable, manifiesta negligencia o dolo.
En la reforma del Reglamento, la Judicatura aclara que los procesos disciplinarios en contra de jueces, fiscales y defensores públicos “no podrán ser iniciados de oficio, cuando llegue a conocimiento del CJ información confiable que haga presumir el cometimiento de una infracción”.
El nuevo texto indica que los sumarios disciplinarios únicamente procederán a través de la presentación de denuncia o queja ante la Judicatura, “siempre y cuando exista declaratoria previa judicial que califique dicha falta”.
Otros aspectos que cambian con el documento son los procedimientos, plazos y términos que se aplicarán en los casos de denuncia o queja.
Sobre los procedimientos disciplinarios que ya se encontraban en trámite cuando la Corte Constitucional emitió su fallo, la Judicatura señala que pedirá, “sin expresar criterio alguno”, un pronunciamiento del tribunal competente sobre la declaración jurisdiccional. Es decir, un análisis jurídico del caso antes de iniciar la investigación.
El colectivo por la Mesa de Verdad y Justicia recopila los casos de destituciones. Según su presidenta, Beatriz Cadena, 208 exfuncionarios fueron separados por error inexcusable y negligencia, entre el 2010 y el 2018. Los juristas separados piden el retorno a sus cargos y solicitan una reparación, que incluya el sueldo acumulado por los años que dejaron de trabajar, más otros beneficios de ley.