Habemus legem
Parecía difícil que una Ley de Extinción de Dominio sea aprobada en una Asamblea que ha tocado fondo en niveles de aceptación y de confianza ciudadanas. Ha dilatado su aprobación casi hasta el final del período, pero, presionada por la opinión pública, ha tenido que aprobar una ley para el combate a la corrupción que puede ser complicada y de difícil ejecución.
De una capilla sixtina, repleta de cardenales, profetas, ángeles y cuadros bíblicos, cuando es elegido un nuevo Papa se anuncia Habemus Papam, pero no se puede saber qué clase de Pontífice será el elegido. De una Asamblea de arrinconados políticos, ¿qué clase de ley habrá salido?
Que discutan los abogados con los fiscales, los jueces y los legisladores acerca de la calidad jurídica de esa ley. Me limito a señalar una preocupación de sentido común, como el más común de los ciudadanos. Una ley de extinción de dominio es algo así como una ley que permite actuar por encima de la ley. La ley decía que no se pueden tocar los bienes de los acusados a menos que haya una sentencia ejecutoriada, que no puede tener carácter retroactivo, que la posibilidad de enjuiciar y sancionar puede prescribir, que no se puede juzgar a nadie por presunciones. Debidoaque ha sido imposible meter la mano en la panza del cocodrilo de la corrupción para sacar lo que se ha tragado, se apeló a la ley de extinción de dominio para rodear esos principios, pero sin negarlos, procurando dotarle a la justicia denuevos instrumentos contra la corrupción.
Leyes de extinción de dominio existen y funcionan en muchos países. Pero esa ley en manos de nuestros jueces, produce escalofríos. Jueces de plastilina, salvo excepciones, que se quedaron impávidos cuando la política anunció que metería las manos en la justicia, pudieran permitir que esa ley sirva para venganzas políticas o para que los corruptos confisquen los bienes de los honrados.
La corrupción parece más fuerte que el Estado o se incrusta en el Estado. La Ley de Extinción de Dominio es la gran promesa para atacar a la corrupción y devolvernos lo que nos ha robado. Pero la corrupción tiene dos armas que no son afectadas por esa ley.
La primera es que los corruptos nunca firman nada, encargan la firma a los subalternos y cuando alguna irregularidad es descubierta, el jefe corrupto se baña de inocencia y baña en lodo a sus subalternos. Cuando el jefe pidió al IESS una decisión inconstitucional, solicitó al Director, de palabra claro, el Director al subdirector, el subdirector al tesorero, el tesorero al contador y así sucesivamente hasta que después de 13 delegaciones, la ejecución fue obra de una asistente.
La segunda es que los honrados no sobreviven en un sistema invadido por la corrupción. Si el jefe corrupto pide algo irregular, el subalterno honrado solo tiene dos opciones: hacerse corrupto o perder su puesto de trabajo. La ley está lista para la sanción, ¡Dios nos coja confesados!