¿LA PERSONA PRIVADA DE LIBERTAD TIENE DERECHO A LA INFORMACIÓN?
La persona privada de libertad, en el momento de su ingreso a cualquier centro de privación de libertad, tiene derecho a ser informada en su propia lengua acerca de sus derechos, las normas del establecimiento y los medios de los que dispone para formular peticiones y quejas. Esta información deberá ser pública, escrita y estar a disposición, en todo momento. Así lo indica el Código Orgánico Integral Penal.