HOSPITAL COMPRÓ ALCOHOL SIN REGISTRO SANITARIO
CONTRALORÍA. EL PAGO POR $127.142 NO TENDRÍA SUSTENTO.
El pago que hizo el Hospital de Especialidades por la compra de insumos de limpieza y desinfección, no tenía sustento
Un informe de la Contraloría señala que en el Hospital de Especialidades de Portoviejo (HEP) se realizaron pagos sin sustentos por 127.142,40 dólares, por la compra de insumos de limpieza y desinfección para enfrentar la emergencia sanitaria, por la pandemia. El organismo de control identificó que la adquisición de alcohol etílico, líquido tópico y amonio cuaternario, efectuada el 1 de abril de 2020, se realizó a un proveedor que no contaba con los registros sanitarios, emitidos por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA).
En la fecha que se hizo la contratación, el proveedor tenía dos solicitudes de notificación sanitaria que estaban en proceso de trámite en la ARCSA, pero para productos distintos a los que adquirió el hospital. Según Contraloría, “el amonio cuaternario que entregó el contratista no es el empleado para centros hospitalarios, por lo que no se justificó el pago por los productos, puesto que no cubrieron las necesidades de la entidad”.
OTRA COMPRA. El hospital también adquirió alcohol en gel por $8.400 con un proveedor cuyas actividades económicas eran el comercio de materias primas, animales, servicios de construcción y consultoría financiera, que son incompatibles con el objeto de la compra.
Por estas adquisiciones, Contraloría emitió un informe con indicios de responsabilidad penal que fue enviado a Fiscalía.
El Diario intentó conseguir la versión de Evelyn Brunner, quien estuvo en la gerencia del HEP en ese tiempo, pero no fue posible. Brunner presentó sus descargos a la Contraloría y constan en el informe.
Allí señala que que “se debe tomar en cuenta el estado de excepción que el país atravesó por la emergencia sanitaria, que obligó a las entidades de salud tomar decisiones con la finalidad de resguardar la seguridad” del hospital. “Haber aprobado la orden de compra no constituye omisión alguna de mi parte en el ejercicio de mis funciones; el control previo de verificación y validación de documentos se encontraba delegado por disposición reglamentaria; resulta imposible pretender que la máxima autoridad y peor en un estado de emergencia, realice control previo y concurrente sobre todas las actividades sujetas a control”, añade.