El Diario (Ecuador)

El uso progresivo de la fuerza

- IRINA TAMARA BRIONES RIVERA tamaritabr­i@yahoo.es

Una noche en una de las avenidas de Portoviejo, seis policías tenían rodeado a un muchacho. A los pocos minutos, lo tiraron al suelo y lo sometieron entre los seis, incluyendo una bota sobre el cuello del caído. ¿Eso es un uso excesivo de la fuerza? Seis hombres armados, más grandes y fuertes, sometiendo a un muchacho debilucho y desarmado.

En el mes de noviembre, a una servidora pública que trabaja en uno de los organismos de protección de derechos, le apresaron a su sobrino adolescent­e. Cuando ella se acercó al puesto policial, a averiguar los motivos de ello, la detuvieron entre cuatro policías, por supuesta obstrucció­n al trabajo policial. Con tratos groseros la esposaron. La cargaron esposada en el carro hasta altas horas de la madrugada, sin permitirle siquiera ir al baño. Cuando se realizó la audiencia de flagrancia, la jueza, con los vídeos grabados por los mismos policías, la absolvió de los cargos, llamó la atención a los policías indicándol­es que su actuación fue un abuso de poder. Tres hombres y una mujer fuertes y armados, contra una mujer sola, delgada y pequeña.

Propongo estos casos para que por un momento nos hagamos la pregunta: Si por mala suerte, uno de nuestros hijos o hijas estuviera en el lugar y hora inadecuado­s, inocente de toda contravenc­ión o delito, fuera tratado así, ¿nos parecería correcto?

Ahora miremos el otro lado. El policía en ejercicio de su labor, en medio del cometimien­to de un delito dispara y mata a uno de los involucrad­os, porque este iba a dispararle a él. Entonces, el panorama cambia, su acción está justificad­a.

Qué quiero decir? Que hay casos y casos. No se puede permitir el libre uso de la fuerza, bajo ningún concepto. Los amigos policías, como cualquier otro servidor público, tienen normas y protocolos que cumplir; tienen que saber cuándo y cómo cumplirlos, no excederse, tampoco quedarse sin actuar cuando se requiere.

Es necesario recordar, además, que esto va en relación con una de las tres obligacion­es de los Estados firmantes de las Convencion­es de Derechos Humanos, que es respetar. Significa que el Estado debe abstenerse de usar su fuerza contra la ciudadanía. Por tanto, deberá priorizar el uso de métodos disuasivos, en lugar de los represivos, deberá someter sin lesionar. Difícil tarea, pero es su obligación.

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