Bioética y aborto
El concepto actual de medicina es “un método idóneo para evaluar riesgos, resolver incertidumbres; optar por una alternativa; emitir un juicio; realizar acciones y ser optimistas con el futuro”. Bioética: “comprensión de los principios éticos que deben ser aplicados en el ejercicio de la medicina”.
Los teams conflictivos son esencialmente el aborto, la eutanasia y la dicotomía (compartir honorarios por derivacion de pacientes).
Enmanuel Kant sostenía hace más de 200 años que “el hombre es un ser moral que se dicta sus propias leyes”. Y el médico, historiador y poeta Dr. Alfredo Cedeño Delgado, en su obra “Bioética Médica” sostenía que “no hay que apelar a ningún ser supremo; es el hombre quien establece la norma ética”. “El ser humano es un fin, no un medio”. La ética y la Iglesia tienen coincidencias sin ser subsidiarias. Santo Tomás de Aquino predicaba en la Edad Media la doctrina de las tres especies de Derecho Natural: a) lo Divino, b) Religioso, c) Humano - La razón.
La ética existe igual sin la religión, pero históricamente en el Derecho, es desde el cristianismo que se impone con energía el concepto del bien y el mal a través del pecado, y su castigo o sanción. Y surge modernamente otra interrogante en la Bioética: ¿Si todo aquello que técnicamente es posible realizar, es aceptable bioéticamente? Recordar que lo correcto se corresponde con el Derecho; y, lo bueno esencialmente con la moral.
Confieso que en la cátedra universitaria, especialmente en la Facultad de Derecho, tuve criterios liberales sobre el aborto en general. Esto fue hace 10 años ya.
En la procreática es posible desde el inicio valorar el perfil genético del producto de la fecundación; continuar o suspender el desarrollo de la fecundación depende solo si es genéticamente saludable y está perfectamente sano.
En el tema aborto, se considera que el bien jurídico protegido es el nasciturus -el no nacido-, y el delito provoca la muerte por acción externa. Algunas legislaciones consideran que hay tres supuestos en que el aborto se encuentra despenalizado: el terapéutico; el ético y el eugénesico. El aborto ético, cuando el embarazo es por violación.
Estas legislaciones lo permiten “antes de las doce semanas, límite de la etapa embrionaria, y, que exista denuncia formal previa”. Nuestros asambleístas, en actitud muy irresponsable, al parecer sin asesores expertos, proponen esta barbaridad jurídica ética de interrumpir desde las 28, luego 22 semanas de gestación y sin formalidad previa.