Maestros levantan la huelga de hambre
El presidente de la República convocaría para que los ciudadanos se pronuncien sobre tres temas
Quito.- La Unión Nacional de Educadores acordó ayer con el Gobierno esperar la resolución de la Corte Constitucional sobre las demandas de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley Orgánica de Educación Intercultural, que les significó a los maestros un alza del sueldo y la jubilación con 30 años de servicio, sin importar la edad.
Según aseguró el asambleísta Fernando Villavicencio (Alianza Honestidad), tras reunirse con el presidente Guillermo Lasso, el primer mandatario planifica convocar a una consulta popular en septiembre de 2021.
Villavicencio manifestó que Lasso les preguntará a los ecuatorianos sobre tres temas: la disminución del número de asambleístas de 137 a 70 y la instauración de un parlamento bicameral; la prohibición de la minería metálica a cielo abierto en fuentes de agua; y la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
¿Qué tan necesaria es una consulta popular sobre estos temas? Para el constitucionalista Andrés Benavides, la realización de una consulta popular para modificar la conformación de la Asamblea Nacional y para eliminar el CPCCS es “inviable”.
Recordó que la Corte Constitucional, en su Dictamen 4-19-RC del 2019, señaló que los dos temas requieren una reforma parcial a la Constitución, lo cual debe tramitarse a través del Legislativo.
Mauricio Alarcón, director de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, que abarca al Observatorio Legislativo, coincide en que el fallo de la Corte Constitucional hace innecesaria la realización de una consulta popular para la disminución del número de asambleístas y para la división de la Asamblea en una Cámara de Representantes y un Senado; pues, un llamado a las urnas además implicaría gastos para el país que actualmente enfrenta una crisis económica.
Tomando en cuenta la sentencia que determinó que el tema debe ser analizado en la Asamblea, Alarcón puntualizó que lo más probable es que la Corte Constitucional niegue el pedido de consulta.
Sin embargo, el constitucionalista Ismael Quintana considera que tanto en la reestructuración de la Asamblea, como en el objetivo anunciado en campaña por el presidente Guillermo Lasso de eliminar el CPCCS, el primer mandatario tiene la potestad de convocar a consulta popular.
Empero, en los dos casos, dijo que por tratarse de una reforma parcial a la Constitución, lo más seguro es que la Corte Constitucional ordene que los temas sean primero debatidos en la Asamblea y solo posteriormente sometidos a la votación de los ciudadanos.
Pero Quintana advirtió que cada tema que proponga el Presidente tendrá un análisis propio en la Corte Constitucional. Algunos podrán ser calificados como enmienda, otros como reforma a la Constitución en cuyo caso, si se trata de un cambio profundo a la Carta Magna, incluso podría ser necesaria la instalación de la Asamblea Constituyente.
En cuanto a la pregunta para prohibir la minería metálica a cielo abierto en fuentes de agua, existe un precedente. El alcalde de Cuenca, Pedro Palacios logró que la Corte
Constitucional le valide una consulta sobre este tema, la cual fue aprobada por los cuencanos en pasado febrero.
Los expertos coinciden en que, al tratarse de un tema que no está contemplado en la Constitución, podría ser sometido a
consulta popular directa, pero se recomienda presentarla correctamente, pues el exprefecto de Azuay y excandidato presidencial, Yaku Pérez, ingresó tres pedidos en este aspecto y ninguno tuvo éxito. Quito.(ASM)-(I)