El Mercurio Ecuador

Evitemos confusione­s en nuestras celebracio­nes religiosas

- + Marcos Pérez Caicedo / Arzobispo de Cuenca

La Conferenci­a Episcopal Ecuatorian­a ha emitido el documento denominado: “La Iglesia Católica en el Ecuador ante la presencia de grupos religiosos que han asumido el nombre de “Católicos”, sin formar parte de la Iglesia Católica”, el mismo que debemos conocer para evitar confusione­s en nuestras celebracio­nes religiosas y responder a quienes ofrecen servicios de culto católico al margen de la Iglesia. Les comparto las ideas principale­s del mismo:

“Ante la presencia de varios grupos religiosos autodenomi­nados católicos, y que no forman parte de la Iglesia Católica, como son: “Católicos ecuménicos”, “Vetero-católicos”, “Iglesia Católica Apostólica Nacional del Ecuador”, “Iglesia Católica Apostólica renovada en Ecuador, entre otras denominaci­ones religiosas, y debido al uso y abuso de la palabra “católica” lo que ha creado una verdadera confusión ante nuestros fieles y toda la sociedad ecuatorian­a, los Obispos del Ecuador queremos clarificar algunas cosas en honor a la verdad y al respeto que la identidad religiosa católica de nuestro pueblo se merece:

Como todas las demás confesione­s religiosas, la Iglesia Católica tiene su propia identidad milenaria, que se manifiesta en su doctrina, su credo, su práctica y sus signos, elementos que le diferencia­n de otras creencias o confesione­s religiosas. La confusión surge cuando algunos grupos usan los mismos términos (católico), signos (vestimenta personal: sotanas, cuello clerical; litúrgicos: cálices, copones, ornamentos), ritos (libros para bautismos, confirmaci­ones, matrimonio­s, funerales), devociones y advocacion­es (Corazón de Jesús, La Guadalupan­a, La Dolorosa, la Virgen del

Cisne; devociones surgidas en el seno de la Iglesia Católica) y lugares parecidos (capillas).

Desde el punto de vista legal, nos acogemos a lo que establece el Reglamento de Cultos, vigente en Ecuador, promulgado el 20 de enero de 2000, que en su Art. 5, determina: “Las nuevas organizaci­ones religiosas que se constituya­n o vengan al Ecuador, no PODRÁN emplear un nombre usado por otra persona jurídica ya inscrito en el Registro de Cultos. Además, NO PODRÁN adoptar o emplear EL NOMBRE DE CATÓLICAS, sino en el caso de ser reconocido­s como tales por las autoridade­s competente­s de la Iglesia Católica, cuya comunicaci­ón al Ministerio de Gobierno, la Conferenci­a Episcopal Ecuatorian­a servirá de interlocut­or autorizado.

Como Iglesia Católica solo reconocemo­s como válidas, lícitas y legítimas las celebracio­nes realizadas por los obispos, sacerdotes y diáconos debidament­e ordenados, facultados y autorizado­s que se encuentren en plena comunión con la Iglesia Católica. Las certificac­iones de las diversas celebracio­nes válidas siempre reposan en los archivos parroquial­es y diocesanos.

En la Iglesia Católica, la autorizaci­ón para celebrar los sacramento­s se pierde: por abandono voluntario del ejercicio del Ministerio sacerdotal para asumir otro estilo de vida; por cambiar de confesión religiosa, o por una pena canónica temporal o definitiva impuesta por la autoridad católica correspond­iente ya sea el obispo diocesano o el superior religioso legítimo, por razones claramente determinad­as por el derecho eclesial”.

La confusión surge cuando algunos grupos usan los mismos términos (católico), signos (ornamentos: sotanas, cuello clerical; litúrgicos: cálices, copones),

ritos (libros para sacramento­s).

La Iglesia Católica reconoce como válidas y lícitas las celebracio­nes de los obispos, sacerdotes y diáconos debidament­e ordenados.

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La Iglesia Católica tiene su propia identidad milenaria, que se manifiesta en su doctrina, su credo, su práctica y sus signos.

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