Juicio No. 01204-2023-03743 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA.
Cuenca, lunes 10 de julio del 2023, a las 16h04.
03743-2023. VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Jueza de la Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, por el sorteo de causa, en lo principal: Al ser clara y completa se acepta a trámite SUMARIO la demanda de FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA presentada por ELIZABETH ESTEFANIA LUNA MEJIA.- CÍTESE al demandado JOSE GEOVANNY BARRERA CUMBE en la dirección especificada, se hará mediante comisión al Teniente Político de la Parroquia Ricaurte, se remitirá el despacho correspondiente y se concede a la autoridad comisionada el término de cinco días para su cumplimiento conforme el Art. 73 ibídem.- El demandado Deberá dar contestación a la acción interpuesta en su contra en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 333.3 Y 151 del COGEP. Conforme el contenido del Art. 146 inc. tercero, se fija en la suma de CIENTO TREINTA Y TRES DOLARES mensuales 00/100, la PENSIÓN PROVISIONAL que debe depositar el requerido para su hijo ROLAND JOSE BARRERA LUNA más las pensiones adicionales, dentro de los cinco primeros días de cada mes y por adelantado a partir del la presentación de la demanda. Pagaduría registre la cuenta especificada y asigne el código de pago que corresponde. Téngase en cuenta la prueba que ha solicitado la parte actora, en relación a los mismos se dispone: 1.- En conocimiento el contenido de la documentación adjunta.- 2.- la DECLARACIÓN DE PARTE que rendirán actora y demandado, se recibirá en la diligencia de AUDIENCIA UNICA QUE SE CONVOCARÁ en forma oportuna a la que deberá comparecer la parte actora y demandada en forma personal portando la cédula de identidad. 3.- Remítase OFICIOS conforme se requiere en el formulario y anexo a fin de que las instituciones requeridas remitan la información requerida en el término de 48 horas, bajo prevenciones del Art. 18 de las reformas del Libro II Título V del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 4.- Téngase en cuenta la autorización profesional, casilla y correo electrónico señalado.- Notifíquese.Juicio No. 01204-2023-03743 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, jueves 7 de diciembre del 2023, a las 11h15. VISTOS; Dra. Paola Arias Contreras, avoco conocimiento como jueza titular de este despacho mediante acción de personal otorgada por el Consejo de la Judicatura, en lo principal; aceptando el juramento sobre la imposibilidad de determinar el domicilio y residencia del demandado y de conformidad a lo que dispone el Art. 56 del COGEP por secretaria el extracto necesario a fin de proceder con la citación a la pare demandada. - Notifíquese - f). AB. PAOLA ARIAS CONTRERAS.
A la parte citada se le advierte señalar casilla judicial de un abogado para notificaciones futuras. Cuenca, a 18 de diciembre del 2023.