A: ANA BELEN SICHA LOPEZ: Se le hace saber que en el Juzgado de la unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la señora Jueza Dra. Cristina Álvarez Toral, se ha dictado las siguientes providencias que en extractó es como sigue:
“Vistos.- Agréguese a los autos el escrito presentado por el señor JOSE ALVARADO, en cuenta su contenido. En lo principal por clara y completa se acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO la demanda de TENENCIA presentada por el señor JOSE VINICIO ALVARADO PATIÑO en contra de la señora ANA BELEN SICHA LOPEZ. A) En vista del juramento rendido, de las gestiones que ha justificado ha realizado, a la contestación al oficios dispuesto, del contenido del certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, da a ver la imposibilidad del accionante de determinar la residencia o domicilio o lugar de trabajo de la parte demandada por lo tanto la CITACION se realizara conforme lo permite el Art. 56.1 del COGEP esto es mediante tres publicaciones por uno de los diario de mayor circulación de la localidad. El señor actuario emita el EXTRACTO correspondiente. Bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 en relación con el Art. 333.3 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura debiendo justificarse la imposibilidad de no poder obtener las misma, en forma documentada. B) INFÓRMESE a ésta judicatura en el término de 48 horas si el compareciente requiere de algún INTERPRETE O TRADUCTOR, para el día de la audiencia. C) En cuenta la prueba anunciada la que será objeto de admisibilidad en audiencia. NOTIFIQUESE a la oficina técnica a efecto de que se asigne un equipo técnico para que realicen un informe biopsicosocial, de la sujeto de derechos y su entorno familiar, para lo que se les concede un término de 10 días quienes deben comparecer a audiencia sustentar el mismo; las partes procesales están obligadas a dar todas las facilidades e información a efecto de que las peritos técnicas cumplan con su cometido. Las partes procesales obtengan los turnos correspondientes. E) La suscrita se ENTREVISTARA en forma reservada con la hija de las partes procesales momentos antes de que se lleve a cabo la audiencia. F) Por fijada la cuantía. En cuenta la casilla y correo electrónico señalado para recibir notificaciones así como la autorización a la profesional del derecho. NOTIFÍQUESE.” f).- Dra. Cristina Álvarez Toral, Jueza
A la Citada se le previene de la obligación de señalar domicilio judicial para notificaciones que le correspondan.
Cuenca, enero 10 del 2024