El uso
FONDO PARTIDARIO
Origen del fondo
■El Fondo Partidario Permanente debe constar en el Presupuesto General, en una partida equivalente al 0,3 por mil de los egresos fiscales. Se alimenta de las multas que recaude el CNE y de los aportes del Estado. ■Según la ley electoral, este fondo no podrá utilizarse en actividades particulares o con fines de lucro, tampoco para financiar campañas electorales, hacer proselitismo político, apoyar a fundaciones o actividades de carácter social ni para donaciones o legados.