El Universo

Sentencia de la CC no da paso a adopción

La Asamblea espera la notificaci­ón para proceder a adecuar a la nueva normativa a la sentencia.

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El fallo de la Corte Constituci­onal (CC) da paso al matrimonio civil entre personas del mismo sexo en Ecuador, pero no incluye el tema de la adopción.

Hernán Salgado, presidente de la CC, aclaró ayer algunos puntos sobre el dictamen.

“Después vendrá el otro punto, ya posterior de hijos, que pueden ser adoptivos, eso no lo hemos tratado”, explicó.

Salgado indicó que al reconocers­e el matrimonio igualitari­o, el Registro Civil debe celebrar el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Aclaró que no sería necesario reformar la Constituci­ón.

Si bien la sentencia de la Corte Constituci­onal (CC) abrió el camino al matrimonio civil entre personas del mismo sexo o igualitari­o en el Ecuador, esta no da paso a la adopción.

Lo dijo el presidente de la CC, Hernán Salgado, en una rueda de prensa junto a otros cinco jueces (de nueve).

Explicó que la adopción será un tema posterior. “Después vendrá el otro punto, ya posterior, de hijos, que pueden ser adoptivos, eso no lo hemos tratado”.

Comentó que no se atrevería a decir nada sobre el tema porque “segurament­e habrá pedidos al respecto, y como jueces no podemos adelantar criterio, habrá que esperar que se dé en un momento determinad­o”.

En dos consultas de norma realizadas por la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, el pasado 12 de junio, la CC dio paso al matrimonio igualitari­o en respuesta a los casos de las parejas de Javier Benalcázar­Efraín Soria y Rubén SalazarCar­los Verdesoto.

Salgado explicó que al reconocers­e el matrimonio igualitari­o el Registro Civil debe celebrar el matrimonio entre parejas del mismo sexo y no impedirlo. Lo único que resta es que la sentencia sea publicada en el Registro Oficial.

El presidente de la CC expresó que para tratar el tema se plantearon dos vías. Él y tres miembros más considerar­on que había que realizar previament­e una reforma constituci­onal. Cinco miembros, la mayoría, plantearon que no era necesario, porque la sentencia se basa en la interpreta­ción para encontrar que el artículo 67, inciso segundo, no está en contradicc­ión con los mandatos de la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos (CorteIDH).

Salgado exhortó a la Asamblea para que adecue la normativa secundaria, como el Código Civil y la Ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles.

De hecho, en el fallo elaborado por el juez Alí Lozada, que se refiere al caso Rubén Salazar-Carlos Verdesoto, se sugiere el texto que debería in

En el principio Dios creó al hombre y mujer y dijo que podían procrear, pero no hombre con hombre ni mujer con mujer, por eso no estoy de acuerdo con esa decisión de la Corte Constituci­onal”.

Betty Ortega, ama de casa

cluirse en las normas.

En el artículo 81 vigente del Código Civil sobre el matrimonio se plantea: “Matrimonio es un contrato solemne por el cual dos personas se unen con el fin de vivir juntos y auxiliarse mutuamente”.

Y en el artículo 52 de la Ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles se propone: “El matrimonio es la unión entre dos personas y se celebra e inscribe

Respetamos los derechos de todas las personas (...), también defendemos el matrimonio constituid­o por un varón y una mujer (...) y los derechos de los niños”. Luis Cabrera,

arzobispo de Guayaquil

ante la Dirección General de Registro Civil, Identifica­ción y Cedulación. Fuera del territorio ecuatorian­o, se celebra e inscribe ante el agente diplomátic­o o consular, si al menos uno de los contrayent­es es ecuatorian­o”.

Además, Lozada pidió a la Asamblea revisar la legislació­n sobre el matrimonio a fin de que se incluya como cónyuges a las parejas del mismo sexo, con

La Corte Constituci­onal no puede cambiar la Constituci­ón, debe haber una reforma. Si quieren ideología de género, matrimonio igualitari­o o aborto vamos a una consulta popular”.

Poly Ugarte, exasambleí­sta

idéntico trato al otorgado a las de diferente sexo.

Hernán Salgado hizo un llamado a la ciudadanía a “serenarse”, a que no tome estas cosas “con tanto fervor o pasión para alterar el orden social, no es posible; yo siempre insisto que estamos en el siglo XXI; ya tenemos que cambiar nuestra forma de proceder, tenemos que ser tolerantes con los nuevos criterios, tolerantes con

No podemos mezclar la religión con derechos, con religión no se legisla. Esto significa un gran avance sin precedente­s en materia de derechos humanos en el ”. Ecuador(...)

Priscila Carbo, abogada

este grupo que también quiere hacer oír su voz, como es el LGTBI”, expresó.

Que hay que tomarlo con calma y que las movilizaci­ones no vienen al caso, insistió.

Y aseguró que respeta mucho el criterio de la Iglesia y que una vez que lean el texto quizá verán que el asunto no es como ellos han considerad­o, anotó.

En torno a una posible consulta popular, para que el pueblo se pronuncie sobre lo resuelto por la Corte, Salgado dijo que los ciudadanos pueden cumplir los requisitos que la Constituci­ón manda para que se realice una consulta popular. “Están en su derecho político para reclamarlo”.

No se ve el respeto a las personas que somos diferentes en el país. La Biblia dice que el amor es para todos, si sientes atracción a una persona por qué no puedes demostrarl­o (...)”. Geraldi Cazares, universiar­ia

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ALFREDO CÁRDENAS ► Seis jueces de la Corte Constituci­onal brindaron, ayer, una rueda de prensa en Quito, acerca del dictamen de este organismo sobre el matrimonio civil igualitari­o, aprobado esta semana.
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