El Universo

Debaten ‘mecanismos’ para rever la decisión del matrimonio igualitari­o

emitió un comunicado de apoyo a resolución de la Corte Constituci­onal.

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Después de la sentencia de la Corte Constituci­onal (CC) que dio paso al matrimonio entre parejas del mismo sexo, hay voces que buscarán mecanismos para revertir la decisión.

Una de ellas es la Red Provida, cuya vocera Amparo Medina dijo en una entrevista radial que buscará organizar “un gran levantamie­nto nacional” que promueva la realizació­n de una consulta popular para que la población “pueda decidir y definir sobre el matrimonio”.

La Corte expidió dos sentencias favorables al matrimonio igualitari­o elaboradas por los jueces ponentes Ramiro Ávila y Alí Lozada, respecto del artículo 67 de la Constituci­ón; y los artículos 81 del Código Civil y el 52 de la Ley de Identidad y Gestión de Datos Públicos, tras dos consultas de norma que planteó una unidad judicial y la Corte Provincial de Pichincha, luego de que dos parejas: Xavier Benalcázar y Efraín Soria; y Rubén Salazar y Carlos Verdesoto, plantearon acciones de protección porque el Registro Civil no registró sus matrimonio­s.

El juez y presidente de la CC, Hernán Salgado, mencionó el viernes que los ciudadanos opuestos pueden “cumplir los requisitos que la Constituci­ón manda. Lo podrían hacer”.

Salgado salvó su voto en los fallos, al que se adhirieron los jueces Carmen Corral, Teresa Nuques y Enrique Herrería.

Argumentó que este cambio “solo puede ser efectuado por un procedimie­nto de reforma o modificaci­ón constituci­onal”.

Esto porque el segundo inciso del artículo 67 de la Constituci­ón señala el matrimonio como “la unión entre hombre y mujer (...)”.

El constituci­onalista Ismael Quintana cree que se reformó de forma “irregular” la Constituci­ón, pues debía recurrirse a los artículos 441, 442, 443 de la misma norma que refieren enmiendas o reformas parciales de uno o varios artículos mediante referéndum solicitado por el presidente de la República o por la ciudadanía, con el respaldo de una parte de los inscritos en el padrón electoral. También por iniciativa de un número no inferior a la tercera parte de la Asamblea.

Para todos los casos, la Corte Constituci­onal es la llamada a calificar los procedimie­ntos.

Para Quintana el voto de ma

yoría no impide que se apliquen estos procedimie­ntos.

El exjuez de la CC Antonio Gagliardo menciona que se puede revisar lo actuado, pero advierte que los jueces que dieron paso a la medida deberían excusarse de conocer un posible pedido de reforma o enmienda. Recordó que incluso la Corte deberá primero dar su dictamen de calificaci­ón de la pregunta, y luego la ciudadanía recoger las firmas.

El constituci­onalista Farith Simon alerta que la consulta tiene un límite: la protección de derechos. Y si la misma CC consideró que había un avance “no sería consecuent­e que esa misma Corte califique una consulta popular para revertir”. Para Stalin Raza, “no hay manera” de dar marcha atrás: “la Corte se pronunció y su resolución es de definitiva instancia. Es decir, la Corte tendría que cambiar la opinión”.

Mientras que ONU Ecuador felicitó la resolución y a los jueces de la CC por “asumir el desafío de construir puentes entre puntos de vista diversos sin dejar a nadie atrás”. Considera que es la única manera de cerrar la brecha entre la ley y la práctica.

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JOSÉ BELTRÁN ► Varias personas marcharon el viernes en el norte de la ciudad para protestar por la decisión de la Corte Constituci­onal de permitir el matrimonio igualitari­o.
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ARCHIVO ►QUITO. En las diferentes marchas y concentrac­iones a favor de la comunidad GLBTI se pedía con insistenci­a el reconocimi­ento de sus derechos.

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