Guayas, Zona Especial de Seguridad
El presidente de la República, Lenín Moreno, el lunes 16 de marzo, declaró el estado de excepción en todo el territorio del país, con el propósito de frenar el contagio de la epidemia del coronavirus. El artículo 164 de la Constitución establece que el presidente de la República tiene la potestad de declarar el estado de excepción en todo el territorio nacional o en parte de él, entre otras causales, por “calamidad pública”; además, “Disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar al servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella”.
No hay que olvidarse de que, “Un régimen de excepción es un mecanismo contemplado en la legislación de un país para afrontar situaciones extraordinarias y graves (catástrofes, desórdenes públicos, guerras, etc.) que incluye mayores poderes para el Gobierno o las Fuerzas Armadas y la suspensión o restricción de algunos derechos fundamentales”.
Fueron varias las medidas que el presidente dispuso, entre otras, cierre de los servicios públicos a excepción de los de salud, seguridad, las tiendas de barrio, los mercados y supermercados; los bancos y todos los servicios financieros; los hospitales, las clínicas, los centros de salud, las farmacias y todas las industrias relacionadas con estos sectores. Además, suspendió en forma total la jornada laboral presencial del sector público y privado a partir del martes 17 de marzo; e instó a implementar el teletrabajo, de igual manera estableció un toque de queda, veamos de qué se trata: “El toque de queda es la prohibición o restricción, establecida por instituciones gubernamentales, de circular libremente por las calles de una ciudad y/o permanecer en lugares públicos, permaneciendo los habitantes únicamente en sus hogares (salvo excepciones de necesidad o urgencia). Puede abarcar horarios nocturnos, así como el resto del día, dependiendo de las circunstancias. Es, por tanto, una limitación o restricción legal de la libertad de circulación, considerada internacionalmente un derecho humano y por muchas legislaciones como un derecho constitucional”.
Varios han sido los estados de excepción decretados por el presidente Moreno durante su gobierno, uno de ellos fue para frenar en Quito los violentos motines de octubre de 2019 y el de enero de 2018 en Esmeraldas, dicho decreto establecía específicamente el estado de excepción en los cantones de San Lorenzo y Eloy Alfaro y se extendía a las poblaciones de Mataje, El Pan y La Cadena. Se especificaban claramente las poblaciones.
Ahora, la Zona Especial de Seguridad se ha establecido específicamente en la provincia del Guayas y Guayaquil por ser la ciudad de mayor incidencia de la epidemia; con esta medida se trata de establecer un control más riguroso de la población y sus recursos y evitar un mayor contagio. “La Zona Especial de Seguridad es un área geográfica claramente definida, en la cual se intensifican las medidas de control y seguridad, bajo un mando único, con tropas que permitan articular las operaciones militares y las acciones policiales con una misión específica. En el caso de la provincia del Guayas, permitirá coordinar el trabajo de las siguientes entidades: Fuerzas Armadas, Policía Nacional, el Ministerio de Salud y el COE”. (O)