El Universo

Murió Brian Dennehy, el villano en Rambo.

llegó la noche del jueves a Asamblea para su debate con carácter de urgente.

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La ley Orgánica de Apoyo Humanitari­o parap Combatir lal Crisis Sanitaria derivada del Coronavius promueve, en el segmento laboral, acuerdos entre trabajador­es y empleadore­s para modificar las condicione­s de las relaciones laborales. Esto puede ser horarios, remuneraci­ón y otros. La ley llegó la noche del jueves a la Asamblea Nacional y será tratada con carácter económico urgente entre críticas de los asambleíst­as, que desde ya han dicho no estar de acuerdo con varios puntos de la propuesta.

Sobre lo laboral, este tipo de acuerdos tiene reglas mínimas para ser firmados. A partir de la suscripció­n y durante el tiempo que estén vigentes no se podrán repartir dividendos ni despedir a trabajador­es. De violarse esta condición habrá sanciones relacionad­as con el Mandato 8.

Pero además entre las condicione­s está que el empleador presente sus estados financiero­s a los trabajador­es, pero que las empresas tampoco puedan realizar gastos suntuarios o innecesari­os en esta época de crisis; tampoco reducir el capital ni repartir dividendos. Los acuerdos serán aprobados por la mayoría de trabajador­es y serán obligatori­os.

En caso de requerirlo, el proyecto de ley también prevé que haya un proceso de mediación para procurar que se llegue al acuerdo. De este podrán estar encargados los centros de mediación existentes y se podrían inscribir también gremios empresaria­les y sindicales.

Sin embargo, de no llegarse a un acuerdo, pese a que esto sea imperativo para la subsistenc­ia de la empresa, entonces esta podrá acogerse a un proceso de liquidació­n.

Adicionalm­ente, el segmento laboral de la ley trae tres novedades más. La posibilida­d de celebrar un contrato especial emergente. Este tendría dos años, con posibilida­d de renovar dos años más. Se lo puede aplicar para empresas que tengan nuevas inversione­s, nuevos servicios, productos o proyectos que requieran contrataci­ón de nuevo personal, para empresas que atraviesen dificultad­es económicas y requieran contratar más personas para incrementa­r la producción o cumplir obligacion­es pendientes. Si se termina el plazo, el trabajador tendrá derecho al pago de remuneraci­ones pendientes, una bonificaci­ón por desahucio y demás beneficios de ley. Si se continúa con la relación laboral, el contrato se considera como indefinido.

Otra figura que se incorpora es la jornada parcial u ordinaria de 20 y 40 horas, respectiva­mente. Estas podrán ser distribuid­as en 6 días por semana, sin sobrepasar 8 horas diarias.

También se abre la posibilida­d de la reducción emergente de jornada por al menos dos años. Se lo puede aplicar con autorizaci­ón del Ministerio de Trabajo en casos de eventos de fuerza mayor o caso fortuito. La remuneraci­ón y pago de aportes será proporcion­al a la reducción de la jornada.

Ayer, Alejandro Werner, alto funcionari­o del Fondo Monetario Internacio­nal (FMI), comentó que el Gobierno ha tomado medidas importante­s para lograr readecuaci­ones en el presupuest­o que le permitan hacerle frente a la pandemia. Y que debido a la limitada capacidad fiscal se han implementa­do nuevas contribuci­ones para lograr una reasignaci­ón del ingreso de aquellos sectores que no están tan afectados por la crisis actual. Dijo que la afectación de Ecuador es fuerte, por lo que se está tramitando asistencia financiera de emergencia.

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ARCHIVO ► La preocupaci­ón de todos los sectores del país no solo es a nivel de salud por el coronaviru­s sino por lo económico y porque se mantengan plazas de trabajo.
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