Murió Brian Dennehy, el villano en Rambo.
llegó la noche del jueves a Asamblea para su debate con carácter de urgente.
La ley Orgánica de Apoyo Humanitario parap Combatir lal Crisis Sanitaria derivada del Coronavius promueve, en el segmento laboral, acuerdos entre trabajadores y empleadores para modificar las condiciones de las relaciones laborales. Esto puede ser horarios, remuneración y otros. La ley llegó la noche del jueves a la Asamblea Nacional y será tratada con carácter económico urgente entre críticas de los asambleístas, que desde ya han dicho no estar de acuerdo con varios puntos de la propuesta.
Sobre lo laboral, este tipo de acuerdos tiene reglas mínimas para ser firmados. A partir de la suscripción y durante el tiempo que estén vigentes no se podrán repartir dividendos ni despedir a trabajadores. De violarse esta condición habrá sanciones relacionadas con el Mandato 8.
Pero además entre las condiciones está que el empleador presente sus estados financieros a los trabajadores, pero que las empresas tampoco puedan realizar gastos suntuarios o innecesarios en esta época de crisis; tampoco reducir el capital ni repartir dividendos. Los acuerdos serán aprobados por la mayoría de trabajadores y serán obligatorios.
En caso de requerirlo, el proyecto de ley también prevé que haya un proceso de mediación para procurar que se llegue al acuerdo. De este podrán estar encargados los centros de mediación existentes y se podrían inscribir también gremios empresariales y sindicales.
Sin embargo, de no llegarse a un acuerdo, pese a que esto sea imperativo para la subsistencia de la empresa, entonces esta podrá acogerse a un proceso de liquidación.
Adicionalmente, el segmento laboral de la ley trae tres novedades más. La posibilidad de celebrar un contrato especial emergente. Este tendría dos años, con posibilidad de renovar dos años más. Se lo puede aplicar para empresas que tengan nuevas inversiones, nuevos servicios, productos o proyectos que requieran contratación de nuevo personal, para empresas que atraviesen dificultades económicas y requieran contratar más personas para incrementar la producción o cumplir obligaciones pendientes. Si se termina el plazo, el trabajador tendrá derecho al pago de remuneraciones pendientes, una bonificación por desahucio y demás beneficios de ley. Si se continúa con la relación laboral, el contrato se considera como indefinido.
Otra figura que se incorpora es la jornada parcial u ordinaria de 20 y 40 horas, respectivamente. Estas podrán ser distribuidas en 6 días por semana, sin sobrepasar 8 horas diarias.
También se abre la posibilidad de la reducción emergente de jornada por al menos dos años. Se lo puede aplicar con autorización del Ministerio de Trabajo en casos de eventos de fuerza mayor o caso fortuito. La remuneración y pago de aportes será proporcional a la reducción de la jornada.
Ayer, Alejandro Werner, alto funcionario del Fondo Monetario Internacional (FMI), comentó que el Gobierno ha tomado medidas importantes para lograr readecuaciones en el presupuesto que le permitan hacerle frente a la pandemia. Y que debido a la limitada capacidad fiscal se han implementado nuevas contribuciones para lograr una reasignación del ingreso de aquellos sectores que no están tan afectados por la crisis actual. Dijo que la afectación de Ecuador es fuerte, por lo que se está tramitando asistencia financiera de emergencia.